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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de enero de 2012 459042 los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú – CAJAPATRAC, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 740127-1 Delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio para el ejercicio fiscal 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 017-2012-TR Lima, 11 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29381, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la misma que determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias exclusivas y compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, así como las funciones y estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Ley Nº 29812, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, estableciéndose en ésta las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio fi scal 2012; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 357-2011- TR se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fi scal 2012 del Pliego 012- Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, así como la Estructura Programática y la Estructura Funcional correspondiente al año fi scal 2012; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades aludidas en el artículo 3º de la citada Ley, a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º del referido Decreto Legislativo, se prescribe que el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado; Que, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión en la ejecución de las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que permitan que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, pueda cumplir con las funciones y competencias señaladas en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y con la programación de las metas institucionales para el ejercicio fi scal 2012, resulta pertinente delegar determinadas funciones asignadas al titular del Pliego; Que, la Resolución Jefatural N° 019-82-INAP/ DIGESNAP, que aprueba la Directiva N° 001-82-INAP/ DNP “Directiva Nacional de Personal que norma de modo permanente, el contenido de formulación, aprobación y modifi cación de los Presupuestos Analíticos de Personal de las Entidades del Sector Público”, precisa que el Presupuesto Analítico de Personal – PAP será aprobado por el Titular del Pliego o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 50º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 002-2007-EF-77.15, se precisa, entre otros, que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, el inciso 46.1 del artículo 46º del Decreto Supremo Nº 013-2008-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, establece que conforme a lo dispuesto en el inciso 2) del artículo 139º de la Constitución Política y el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, las resoluciones judiciales deben ser cumplidas por el personal al servicio de la administración pública, sin que éstos puedan califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil penal o administrativa; estando obligados a realizar todos los actos para la completa ejecución de la resolución judicial; Que asimismo, la referida norma, en el inciso 46.2 del artículo 46º, establece que el responsable del cumplimiento del mandato judicial será la autoridad de más alta jerarquía de la entidad, el que podrá comunicar por escrito al juez qué funcionario será encargado en forma específi ca de la misma, el que asumirá las responsabilidades que señala el inciso anterior; Con las visaciones del Viceministro de Trabajo, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, del Jefe de la Ofi cina General de Administración, del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Ofi cina General de Recursos Humanos y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2010-TR; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades al Secretario General Delegar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el presente ejercicio fi scal 2012, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1 Respecto a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Ofi cina de Administración: a) La facultad de suscribir, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a la normativa legal vigente, convenios interinstitucionales, así como disponer su modifi cación, exclusión o ampliación. b) La facultad de suscribir directivas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria 2012, así como los que regulen actos de administración interna, la elaboración de documentos de gestión, tramites internos, lineamientos técnico normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de carácter interno, a cargo de los órganos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; c) Autorizar y resolver acciones de personal adscrito al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-5. Esta facultad no incluye la de designar y remover a la que alude el articulo 25º inciso 5) de la Ley Nº 29158; d) Representar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante las autoridades publicas en las que éste tenga que formular petitorios, impugnaciones, solicitudes, reclamaciones, trámites, acciones y procedimientos administrativos en que sea parte interesada o tenga legítimo interés; e) Aprobar la formalización de las modifi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático, previo informe favorable, debidamente sustentado de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, así como la suscripción de formatos, fi chas y documentación que tenga incidencia presupuestaria; f) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones – PAC; g) Aprobar el proceso de estandarización para la adquisición de bienes y servicios de acuerdo a lo previsto por el Artículo 11º del Reglamento de la Ley de