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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2012 (12/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de enero de 2012 459038 Que, mediante documento presentado el 21 de julio de 2011 con registro Nº 2114218, Empresa Eléctrica de Piura S.A. solicitó la modifi cación de la autorización señalada en los considerandos que anteceden, concerniente a la reducción de la capacidad instalada de la Central Térmica Malacas identifi cada con Código Nº 33024793 de 58,0 MW a 19,35 MW de potencia instalada, producto del retiro de las unidades TG2 y TG3 de la operación comercial del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional - SEIN; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, mediante el Ofi cio Nº 7059-2011-OS-GFE presentado el 26 de octubre de 2011 con registro Nº 2138189, OSINERGMIN informó que el retiro de operación de las unidades TG2 y TG3 de la Central Termoeléctrica Malacas solicitado no afecta la operación normal del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, por ende se desprende la no afectación del Servicio Público de Electricidad; Que, la solicitud de modifi cación de autorización de generación de energía eléctrica consistente en la reducción de la potencia instalada de 58,0 MW a 19,35 MW, cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE01 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM, y cuenta con la opinión a que se refi ere el Informe N° 327-2011-DGE-DCE, siendo procedente la modifi cación solicitada; Estando a lo dispuesto por el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación de la autorización identifi cada con Código Nº 33024793 para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica, a través de la Central Termoeléctrica Malacas de la que es titular Empresa Eléctrica de Piura S.A., concerniente a la reducción de la potencia instalada de 58,0 MW a 19,35 MW. Artículo 2º.- Quedan subsistentes los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la Resolución Ministerial N° 139-94-EM/DGE y la Resolución Ministerial Nº 418-96-EM/VME. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del acotado Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 739201-1 INTERIOR Designan representante del Ministerio ante la Comisión Multisectorial encargada de coadyuvar en el diseño del planteamiento de la defensa y estrategia jurídica a seguir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en relación al caso CIDH 12.444 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0016-2012-IN Lima, 11 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 001-2012- JUS se constituyó una Comisión Multisectorial de carácter temporal adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargada de coadyuvar en el diseño del planteamiento de la defensa y estrategia jurídica a seguir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en relación a la demanda interpuesta contra el Estado Peruano, en el caso CIDH 12.444 “Eduardo Nicolás Cruz Sánchez y otro” ante la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Que, de conformidad con el artículo 2° de la mencionada resolución suprema, la Comisión Multisectorial estará conformada entre otros, por un representante del Ministerio del Interior; asimismo, según el artículo 3° de la misma resolución, las entidades públicas designarán a sus representantes mediante resolución de su titular; por lo que resulta necesario designar al representante del Ministerio del Interior ante la Comisión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005- IN y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo N° 003-2007-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Viceministro de Orden Interno como representante del Ministerio del Interior ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargada de coadyuvar en el diseño del planteamiento de la defensa y estrategia jurídica a seguir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en relación a la demanda interpuesta contra el Estado Peruano, en el caso CIDH 12.444 “Eduardo Nicolás Cruz Sánchez y otro” ante la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL E. LOZADA CASAPIA Ministro del Interior 740133-1 Aceptan renuncia al cargo de Comisionado Adjunto de Asuntos de Desarrollo del Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con competencia en el ámbito territorial de los departamentos de Ayacucho y Huancavelica, y de la Provincia de La Convención en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0017-2012-IN/1001 Lima, 11 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 0214-2002-IN, de 09 de abril de 2002, se designó al señor Antropólogo Carlos Cirilo Condori Castillo como Comisionado Adjunto de Asuntos de Desarrollo del Comisionado para la Paz y el Desarrollo con competencia en el ámbito territorial de los departamentos de Ayacucho y Huancavelica, y de la Provincia de La Convención en el departamento de Cusco; Que, mediante Carta de 21 de diciembre de 2011, el señor Carlos Cirilo Condori Castillo comunica su decisión irrevocable de renuncia al cargo en el cual fue designado, siendo pertinente aceptarla a partir del 22 de diciembre de 2011; Que, el inciso 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, determina que la autoridad podrá disponer en el mismo