Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459045

DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Pueblo Libre de Codo, Tingo Maria. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Nasca / MORDAZA Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Cutivereni, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / MORDAZA MORDAZA, Puerto Ocopa, Uchubamba. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Chagual/Don Lucho, Chao, Huamachuco, Pata de Gallo, Pias, MORDAZA, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo DEPARTAMENTO: MORDAZA ­ CALLAO - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", Las Palmas, Lib Mandi Metropolitano. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Contamana, Colonia Angamos, El Estrecho, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Shanusi, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MORDAZA DE MORDAZA - Inapari, MORDAZA, Puerto MORDAZA, Rio Los Amigos. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Campamento Ilo, Cuajone / Botiflaca, Ilo. DEPARTAMENTO: PASCO - MORDAZA Constitucion, MORDAZA de Pozuzo, Iscozasin, Vicco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Tocache. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna, Toquepala. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Breu, Bolognesi, Culina, Paititi, Pucallpa, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, Sepahua, Oventeni. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de MORDAZA SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Arequipa. - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. - Aeropuerto de Cusco. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania AVIACION LIDER S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania AVIACION LIDER S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los

procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania AVIACION LIDER S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania AVIACION LIDER S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania AVIACION LIDER S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania AVIACION LIDER S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/ o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de la compania AVIACION LIDER S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania AVIACION LIDER S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania AVIACION LIDER S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 725658-1

Rectifican errores materiales incurridos en la R.D. Nº 153-2011-MTC/12 sobre otorgamiento de permiso de operacion de aviacion comercial a Aerolinea Principal MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 448-2011-MTC/12 MORDAZA, 6 de diciembre del 2011

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