Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2012 (13/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459095

AMBIENTE
Designan representantes del Ministerio ante la Comision Nacional de Promocion del Biocomercio y ratifican designacion de representantes del IIAP contenida en la R.M. N° 132-2010-MINAM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 005-2012-MINAM MORDAZA, 10 de enero de 2012 Visto, el Memorandum N° 402-2011/VMDERN/MINAM de 27 de diciembre de 2011 y el Oficio N° 204-2011-IIAP-P de 21 de noviembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2010MINCETUR, se crea la Comision Nacional de Promocion del Biocomercio, adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, entidad que actua como soporte politico y de direccion tecnica del Programa Nacional Biocomercio en el Peru; Que, de acuerdo al articulo 1º del citado Decreto Supremo, la Comision Nacional esta conformada, entre otros sectores, por el Ministerio del Ambiente ­ MINAM y el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana ­ IIAP, cuyos representantes titulares y alternos deben ser designados mediante Resolucion del Titular del Sector; Que, por Resolucion Ministerial N° 132-2010-MINAM, se designaron, entre otros, a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante la citada Comision

Nacional, siendo que el representante titular ha concluido sus servicios en la entidad; por lo que resulta necesario designar a los nuevos representantes; Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a los representantes del Ministerio del Ambiente ante la Comision Nacional de Promocion del Biocomercio, creada por Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR, segun detalle: - Senora MORDAZA MORDAZA del Rio Mispireta - Titular - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Alterno Articulo 2º.- Ratificar la designacion de los representantes titular y alterno del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana ­ IIAP, contenida en la Resolucion Ministerial N° 132-2010-MINAM. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 740419-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposicion, con o sin anexos, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar, si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. LA DIRECCION

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