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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2012 (13/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de enero de 2012 459107 EDUCACION Ratifican Acuerdo del CONEAU mediante el cual se certifica a Evaluadores de Competencias de los Profesionales relacionados a las Carreras Profesionales de Psicología CONSEJO SUPERIOR RESOLUCIÓN Nº 024-2011-SINEACE/P Lima, 24 de octubre del 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 558-2011-CONEAU/P de 17 de octubre del 2011, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por fi nalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 4°, inciso g), del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que el Consejo Superior del SINEACE, como Ente Rector del sistema, tiene la función de llevar el Registro Nacional de las Entidades Evaluadoras con fi nes de Acreditación y Entidades Certifi cadoras, de manera diferenciada; debiendo la Secretaría Técnica del Consejo Superior, con arreglo a lo dispuesto en su artículo 5°, inciso h, mantener actualizados los registros relacionados a la acreditación y certifi cación de la calidad; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del referido Reglamento establece que para ser autorizado como entidad certifi cadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y de uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certifi cados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU); Que, mediante el Acuerdo Nº 056-2011-CONEAU, sancionado en su Sesión N° 014-2011-CONEAU de 17 de octubre del 2011, el Directorio del CONEAU aprobó el “Informe del Curso de Especialización en Evaluación de Competencias Profesionales desarrollado con el Colegio de Psicólogos del Perú”, que le fue elevado por la Dirección de Evaluación y Certificación del CONEAU con el Oficio Nº 051-DEC/CONEAU- 2011 de 27 de setiembre del 2011; disponiendo que los 30 participantes que aprobaron el curso, sean registrados como Evaluadores de Competencias de los Profesionales relacionados a la Carrera Profesional de Psicología; Que, mediante la Resolución Nº 021-2009-SINEACE, se dispuso la apertura del Registro de Evaluadores de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU; Que, con el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, sancionado en la Sesión N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE acordó que mediante Procedimiento de Formalización el Presidente del Consejo Superior, a solicitud del Órgano Operador, emite la resolución administrativa respecto a actos administrativos tales como el registro de evaluadores externos con fi nes de certifi cación; Que, en la Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta del Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE, su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED, y en el Acuerdo N° 038-2010- SINEACE del Consejo Superior del SINEACE. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratifi car el Acuerdo de Directorio Nº 056- 2011-CONEAU del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, mediante el cual se certifi ca a los Evaluadores de Competencias de los Profesionales relacionados a las Carreras Profesionales de Psicología. En Anexo adjunto a la presente resolución, se detalla relación de Evaluadores certifi cados. Dicha certifi cación tiene una vigencia de tres años contados desde la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la incorporación de los evaluadores certifi cados mencionados en el artículo precedente, en el Registro de Evaluadores de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Artículo 3°.- El Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria publicará en su portal institucional http:// www.coneau.gob.pe/, la relación de profesionales evaluadores certificados a que se refiere el artículo 1° de la presente, en la misma fecha en que sea publicada. Artículo 4°.- La Secretaria Técnica del Consejo Superior del SINEACE ejecutará las medidas necesarias para el cumplimiento de esta resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta SINEACE ANEXO A LA RESOLUCIÓN Nº 024-2011-SINEACE/P N° APELLIDOS NOMBRES 1. Adanaqué Velásquez Jenny Raquel 2. Aybar Hilario Giovanna Amparo 3. Barrientos Carbajo Alfredo Jesús 4. Caballero Calderón Nelly Graciela 5. Carranza Paz Nelly Liliana 6. Celiz Sanchez Aida Rita 7. Chero Ballón Elizabeth Sonia 8. Chirinos Huaco Ana María 9. Domínguez Palpa Francisca Amarilis 10. Guzmán Grados Jaime Percy Juan 11. Herrera Córdova César Antonio 12. Jacobi Romero Dante Jesús 13. Livia Segovia José Hector 14. Luperdi Campos Ysabel Victoria 15. Martell Torres Milagros Pilar 16. Montes de Oca Serpa Jesús Hugo 17. Montoya Farro Doris Elizabeth 18. Murillo Vega Reynaldo 19. Neira Magán César Augusto 20. Ortiz Moran Mafalda Magdalena 21. Quijano Pacheco Juan Agliberto 22. Rivas Urbina María Soledad 23. Rolandi Cavallero Lorenzo 24. Salas Aquije Teresa Mercedes 25. Salazar Yamada María Elena 26. Sifuentes Aranda Norberto Ramiro 27. Urbano Katayama Víctor Manuel 28. Velasco Valderas Rosa María 29. Villanueva Machuca Dorila Irene 30. Watanabe Corrales Juan Enrique 739158-3