Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2012 (13/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de enero de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

459131

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur y sus Organos Desconcentrados constituidos por la Direccion de Red de Salud Barranco-Chorrillos-Surco, Direccion de Red de Salud San MORDAZA de Miraflores-Villa MORDAZA del Triunfo y Direccion de Red de Salud MORDAZA El Salvador-Lurin-Pachacamac- Pucusana, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Disponer que el Cuadro para Asignacion de Personal aprobado con la presente Resolucion Ministerial sea publicada en la direccion electronica www. minsa.gob,pe/transparencia/dge normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud; Articulo 3°.- Dejar sin efecto los dispositivos legales que se opongan a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 740616-4

Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designacion de la abogada MORDAZA MORDAZA DEL RIO MORDAZA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO. Articulo 3°.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 740418-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 018-2012-TR MORDAZA, 12 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al literal c) del articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO, el Consejo Directivo Nacional de dicho Organismo, estara integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, siendo un requisito imperativo, que dicho representante deba ser un funcionario cuya actividad este vinculada con la formacion profesional, con jerarquia de Director General o de Director; Que, en ese sentido, mediante Resolucion Ministerial Nº 205-2009-TR del 05 de agosto de 2009, se designo a la abogada MORDAZA MORDAZA del Rio MORDAZA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO; Que, en atencion a lo expuesto y por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designacion a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente resolucion, y designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO; Con las visaciones del Viceministro de Trabajo y del Jefe de la Oficina General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO;

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en la localidad de Chincheros, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 1034-2011-MTC/03 MORDAZA, 15 de diciembre de 2011 VISTO, el Expediente Nº 2011-007136 presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de MORDAZA - Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan;

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