Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2012 (18/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de enero de 2012

Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en aplicacion del MORDAZA de desconcentracion de los procesos a que se refiere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, niveles de desconcentracion de los procesos decisorios, resultando necesario delegar facultades en materia presupuestal y de gestion administrativa que corresponden al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en su calidad de Titular de la Entidad; Que, asimismo, resulta necesario designar al responsable de la administracion y ejecucion presupuestaria en las Metas, Actividades y Proyectos de la Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para el ejercicio fiscal 2012; Con la visacion de los Directores Generales de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio; SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2012, las siguientes facultades: 1.1. EN MATERIA NORMATIVA Y CONVENCIONAL a) Aprobar las Directivas y/o Manuales, asi como todo documento normativo que regule los actos de administracion interna, elaboracion de documentos de gestion, tramites internos, lineamientos tecnico ­ normativos y metodologicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de caracter interno a cargo de todas las Unidades Ejecutoras bajo el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. 1.2. EN MATERIA PRESUPUESTAL Y DE INVERSION PUBLICA a) Las atribuciones y facultades en materia presupuestal que corresponden al Ministro, en su calidad de Titular del Pliego: 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y las acciones administrativas de gestion y de resolucion en materia presupuestaria, que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado, durante el Ejercicio Presupuestal del Ano Fiscal 2012, estando facultado para emitir Directivas internas para la racionalizacion del gasto y manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2012. b) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, que correspondan al Titular del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de acuerdo con el numeral 40.2 del articulo 40 de la Ley Nº 28411, Ley del Sistema General de Presupuesto. c) Aprobar las transferencias financieras al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo ­ CAFAE ­ VIVIENDA. d) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como las modificaciones de las metas fisicas y financieras que pudieran efectuarse durante el dicho ejercicio. e) Autorizar la elaboracion de Expedientes Tecnicos o estudios definitivos, asi como la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP), declarados viables, pudiendo realizar MORDAZA autorizaciones en un solo acto. 1.3. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como sus modificatorias.

b) Aprobar Bases Administrativas de los procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica, que realice la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, o que esta realice como Entidad encargada por compra corporativa conjuntamente con la Unidad Ejecutora 004 - Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, cuando corresponda; asi como de Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados; c) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales Ad Hoc y Comites Especiales Permanentes, que tendran a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion que convoque la entidad; asi como disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. d) Aprobar la asignacion suficiente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro para la contratacion de obras, cuando las propuestas economicas superen el valor referencial hasta el limite del diez por ciento (10%), debiendose verificar que la propuesta economica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. e) Resolver los Recursos de Apelacion interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos MORDAZA de la celebracion del contrato, en aquellos procesos de seleccion cuyo valor referencial no supere las seiscientas Unidades Impositivas Tributarias (600 UIT), y en los casos que por MORDAZA especial, se hubiera otorgado dicha facultad al Titular de la Entidad. f) Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales, o la reduccion de las mismas, siempre que se cuente con la asignacion presupuestaria suficiente, MORDAZA hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratacion de bienes y servicios, para el caso de procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica, asi como en el caso de Adjudicaciones de Menores Cuantia, derivadas de la declaratoria de desierto de los indicados procesos de seleccion. g) Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales, o la reduccion de las mismas, de los contratos distintos a la ejecucion de obras, derivados de procesos especiales de seleccion correspondientes a regimenes paralelos a la normativa de contratacion estatal, de conformidad con la normativa de la materia. h) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contratacion publica. 1.4. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos ante organos dependientes del Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. b) Seleccionar a los profesionales y suscribir contratos bajo la modalidad de locacion de servicios, y sus respectivas addendas, para la contratacion de profesionales calificados que presten servicios al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, de acuerdo a los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico". c) Designar comisiones, comites y/o similares, al interior de la entidad, asi como disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. d) Suscribir Convenios de Gestion y de Cooperacion Interinstitucional y sus respectivas addendas, de ser el caso, con excepcion de aquellos que por MORDAZA expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. Articulo 2.- Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2012, las siguientes facultades: 2.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar los Expedientes Tecnicos de las obras que realice la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por Administracion Directa o a traves de la contratacion de terceros en el MORDAZA de la normatividad legal vigente sobre la materia.

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