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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2012 (18/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de enero de 2012 459370 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 3.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la autorización respectiva, de conformidad con el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 741519-1 Autorizan a la empresa Capacitadora, Consultora y Promotora Inmobiliaria María Reiche EIRL, Escuela de Conductores Integrales, la ampliación de horario de atención y para impartir cursos de capacitación RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5020-2011-MTC/15 Lima, 29 de diciembre de 2011 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 147638 y 148738, presentados por la empresa denominada CAPACITADORA, CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MARIA REICHE EIRL, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 3075-2011- MTC/15 de fecha 16 de agosto de 2011, se autorizó a la empresa denominada CAPACITADORA, CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MARIA REICHE EIRL., con R.U.C. Nº 20537831121 y con domicilio en Pueblo Joven Villa El Salvador Mz. H Lt. 15 Sector Primero, Grupo Residencial 12 (1er. Piso) Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Dpto. Lima, con horario de atención de Lunes a Domingo de 08:00 a 20:00 horas, en delante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III, y Clase B Categoría II-c; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4610-2011- MTC/15 se autorizó el incremento de la plana docente, incorporando a nuevos instructores, adicionales a los autorizados mediante la Resolución Directoral Nº 3075- 2011-MTC/15. Que, mediante Partes Diarios Nºs. 147638 y 148738, de fechas 13 y 15 diciembre de 2011 respectivamente, La Escuela solicita autorización para impartir el curso de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I y ampliar su horario de atención a Lunes a Domingo desde las 07:00 a.m. hasta las 22:00 horas; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III y Clase B categoría II-c, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el literal c) del artículo 47º de El Reglamento señala que las Escuelas de Conductores deben cumplir con la siguiente obligación “Informar a la Dirección General de Transporte Terrestre sobre cualquier modifi cación de los términos de la resolución de autorización como Escuela de Conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modifi cación de la misma, o sobre cualquier información que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores”; Que, el primer párrafo del artículo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 127-2011-MTC/15.03. A.LEGAL.mql, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada CAPACITADORA, CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MARIA REICHE EIRL., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la ampliación de su horario de atención que será de Lunes a Domingo de 07:00 a.m. a las 22:00 horas; y, para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I, en los locales, con los Instructores y con los vehículos autorizados en las Resoluciones Directorales Nº 3075-2011-MTC/15 y 4610-2011-MTC/15. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 740591-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao para el financiamiento parcial del proyecto Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 002-2012-APN/DIR Callao, 13 de enero de 2012 Vistos, el Informe Nº 387-2011-APN/DIPLA de fecha 26 de diciembre de 2011 de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos y el Informe Legal N° 00011-2012- APN/UAJ de fecha 04 de enero de 2012 de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 052-2009 se declaró de necesidad nacional el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta- Callao”, cuya ejecución está a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao durante el período 2009-2011;