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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2012 (25/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de enero de 2012 459772 CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de visto, el Presidente del Consejo del Notariado pone en conocimiento del Despacho Ministerial el resultado fi nal del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial Nº 001-2011-CNA, convocado por el Colegio de Notarios de Ancash; Que, conforme consta en las actas del Jurado Califi cador del Concurso Público de Méritos Nº 001-2011- CNA, convocado por el Colegio de Notarios de Ancash, remitidas al Consejo del Notariado por el Secretario del Jurado Califi cador y luego de haberse cumplido con las distintas fases del mismo, el señor abogado ELVIS JESÚS DELGADO ESQUINARILA, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, distrito notarial de Ancash; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; y, el Decreto Supremo Nº 015-2008-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002-2010-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor abogado ELVIS JESÚS DELGADO ESQUINARILA como Notario Público del distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, distrito notarial de Ancash, debiendo expedirse para tal efecto el Título correspondiente. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Ancash y al interesado para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 745305-5 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Constituyen la Comisión Sectorial encargada de la elaboración de los proyectos de instrumentos de gestión del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 001-2012-MIMP Lima, 24 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098, publicado el 20 de enero de 2012, se ha aprobado la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo dispone que el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se someta a consideración del Consejo de Ministros para su aprobación mediante Decreto Supremo, en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles posteriores a la publicación de la ley, siendo que en tanto no se apruebe dicho Reglamento continúa vigente el actual Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES y demás instrumentos de gestión, y sus modifi catorias, en lo que corresponda; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, en ese sentido, resulta necesario conformar una Comisión Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF así como todos los instrumentos de gestión correspondientes al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constitución y objeto Constitúyase la Comisión Sectorial encargada de la elaboración de los proyectos de instrumentos de gestión del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 2.- De la conformación de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial estará conformada por: - La Secretaria o el Secretario General, quien lo preside; - Un representante de la Ministra o Ministro de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; - La Viceministra o el Viceministro de la Mujer o su representante; - La Viceministra o el Viceministro de Poblaciones Vulnerables o su representante; y, - La Directora o el Director General de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, quien actuará como Secretaria (o) Técnica (o). Asimismo, la Comisión Sectorial podrá invitar a participar a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, entre otros técnicos especializados del Poder Ejecutivo, así como solicitar el apoyo de entidades privadas y de cooperación internacional a fi n de lograr el perfeccionamiento de los citados instrumentos de gestión. Artículo 3.- Inicio La Comisión Sectorial iniciará sus funciones en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles a partir del día siguiente de publicada la presente resolución ministerial. Artículo 4.- Informe La Comisión Sectorial elevará a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables un informe conteniendo el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF y sus documentos de sustento, en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 745389-1 Designan presidentes de Directorios de las Sociedades de Beneficencia Pública de Ica, Nasca y Pisco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 002-2012-MIMP Lima, 24 de enero de 2012 Visto, el Ofi cio N° 1708-2011-INABIF.DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 778-2006- MIMDES se designó a la señora Luz Amparo Vásquez de