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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de enero de 2012 459787 • Ejecución de Plan de Acción 1995 Original • Elaboración de Plan de Acción 1998 Original • Papeles de Trabajo 1995 – 2000 Original • Correspondencia 2000 Original • Reportes 2000 Original SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Serie documental: • Correspondencia 1997 – 2000 Originales REGISTRO CIVIL Series documentales: • Requerimiento 1995 – 1999 Originales • Correspondencia 2000 Originales SUBGERENCIA DE CATASTRO Serie documental: • Fichas catastrales 2000 GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Series documentales: • Ocurrencias 1992 – 1998 • Correspondencia 1993 – 2000 SUBGERENCIA DE LOGÍSTICA Y CONTROL PATRIMONIAL Series documentales: • Órdenes de compra 1996 – 2000 Original • Órdenes de servicio 1996 – 2000 Original • Pecosas 1999 – 2000 Original • Correspondencia 1992 – 2000 Original GERENCIA DE PARTICIPACIÓN VECINAL Serie documental: • Correspondencia 1999 – 2000 Original ADMINISTRACIÓN DOCUMENTARIA Y ARCHIVO Series documentales: • Correspondencia 1996 – 2000 Original • Hojas de ruta 2006 – 2007 Original • Hojas de cargo 2008 Original • Correspondencia 1996 – 1999 Original • Registros de eliminación 1996 – 1999 Original GERENCIA MUNICIPAL Serie documental: • Correspondencia 1994 – 2000 Original TENIENTE ALCALDE Serie documental: • Correspondencia 1996 – 2000 Original EJECUCIÓN COACTIVA Serie documental: • Expedientes coactivos 1993 – 1999 Original Artículo Segundo.- Notifi car la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Mirafl ores que, dentro de los treinta (30) días siguientes a la notifi cación, entregará los documentos materia de eliminación al Archivo General de la Nación. Artículo Tercero.- Disponer que la Ofi cina Técnica Administrativa coordinará y ejecutará el recojo de los documentos declarados innecesarios y autorizados para eliminación. Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los tres (03) siguientes a su comunicación. Corresponde a la Ofi cina de Abastecimiento realizar las acciones necesarias para llevar a cabo dicha publicación. Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese. JOSEPH DAGER ALVA Jefe Institucional 744337-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 021-2012-AGN/J Lima, 13 de enero de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 189-090-000017-1, de fecha 27 de Enero de 2011, remitido por la Secretaría General de la Superintendencia de Administración Tributaria de la Municipalidad de Lima - SAT, respecto de la eliminación de documentos declarados innecesarios; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en las Leyes Nº 29565 y Nº 25323, el Archivo General de la Nación es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, que se encarga de conducir el Sistema Nacional de Archivos en su condición de órgano rector y central; Que, los incisos b) y f) del artículo 5º de la Ley Nº 25323, Ley del Sistema Nacional de Archivos, concordantes con los incisos d) e i) de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-92-JUS, disponen que son fi nes del Archivo General de la Nación normar y racionalizar la eliminación de documentos en la Administración Pública a todo nivel, así como velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre archivos y documentos; Que, el artículo 10º del Decreto Ley Nº 19414, Ley de Defensa, conservación e incremento del Patrimonio Documental de la Nación establece que “los documentos administrativos de los archivos de las reparticiones y organismos del Sector Público Nacional, cuya conservación sea innecesaria, podrán ser eliminados o incinerados previo inventario, evaluación y autorización del Archivo General de la Nación”; Que, el artículo 24º del Reglamento del Decreto Ley Nº 19414, aprobado con el Decreto Supremo Nº 022-75-ED, señala que la eliminación de documentos administrativos se realiza a solicitud de la repartición u organismo que los considere innecesarios, debiendo el Archivo General de la Nación emitir informe sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud y autorizar, mediante resolución, la eliminación si el informe es favorable, previo dictamen del Órgano Consultivo correspondiente; Que, la Directiva Nº 006-86-AGN/DGAI aprobada por la Resolución Jefatural Nº 173-86-AGN/J de fecha 18 de noviembre de 1986, establece en sus disposiciones generales que la eliminación de documentos es un procedimiento archivístico que consiste en la destrucción de los documentos autorizados expresamente por el Archivo General de la Nación, que en los casos de los organismos y reparticiones públicas que cuenten con un Programa de Control de Documentos deberán solicitar al Archivo General de la Nación la autorización para la eliminación de los documentos al vencimiento de los plazos establecidos en dicho Programa, acompañando los inventarios y muestras de los documentos a eliminar, correspondiendo a la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio (de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 197-93- JUS) informar sobre la procedencia de la solicitud, que en caso de ser procedente se elevará el expediente a la Comisión Técnica Nacional de Archivos para dictamen, que de ser favorable corresponde al Jefe del Archivo General de la Nación emitir la resolución autoritativa correspondiente (concordante con el artículo 7º de dicho Reglamento de Organización y Funciones); aquellos organismos que no cuenten con un Programa de Control de Documentos aprobado, deberán solicitar la eliminación documental acompañando la opinión favorable del Comité Evaluador de Documentos, el inventario correspondiente y las muestras de los documentos a eliminarse; Que, a través del Ofi cio Nº 189-090-00001701 de fecha 27 de Enero del año 2011, la Secretaria General del SAT, levanta las observaciones contempladas en el Ofi cio Nº 189-90-00001579 solicitando la eliminación de documentos comprendidos entre los años 1994 y 2008, adjuntando para ello, el Acta de su Comité Evaluador de Documentos de fecha 27 de abril del 2010, los inventarios documentales y las muestras de los mismos; Que mediante Informe Nº 88 -2011-AGN-DNDAAI-DNA de la Directora de Normas Archivísticas que la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio