Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2012 (25/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, el cual es respondida mediante Expediente con Reg. SII. Nº 2011-0018540 de fecha 25 de noviembre de 2011; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, el literal d) del Art. 53º del reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, de la solicitud de autorizacion para el cambio de local destinado a las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practica de mecanica, presentada por la empresa ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES SAN MORDAZA DE PADUA S.A.C., implica una variacion de uno de los contenidos del art. 53º del reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local, autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 2881-2011MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el Art. 60º del Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Memorando Nº 3643-2011­MTC/15, la Direccion General de Transporte Terrestre, remite el Informe de Inspeccion Ocular Nº 065-2011-MTC/15.jcb de fecha 14 de diciembre de 2011, sobre la inspeccion ocular realizada a los locales propuestos por La Escuela, el cual concluye que con respecto a la infraestructura, cumple en su totalidad con las condiciones minimas, establecido en el numeral 43.3 del articulo 43 de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe 099-2011MTC/15.03.A.LEGAL.pvc, procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES SAN MORDAZA DE PADUA S.A.C., la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 2881-2011-MTC/15, cambiando la ubicacion de local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teoricopractica de mecanica), la misma que estara conformada por: · La Avenida El Sol Nº 841, primer y tercer piso, distrito, provincia y departamento de MORDAZA (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practica de mecanica). · Jr. MORDAZA Nº 926, MORDAZA piso, distrito, provincia y departamento de MORDAZA (local exclusivo para el uso de informes y recepcion). Articulo Segundo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier

miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Remitir a la Direccion de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; asi como encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 743596-1

ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Autorizan la eliminacion de documentos de la Municipalidad Distrital de Miraflores, de la Superintendencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad de MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres y de la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. en liquidacion que perdieron vigencia administrativa, contable, financiera y/o legal
RESOLUCION JEFATURAL Nº 020-2012-AGN/J MORDAZA, 13 de enero de 2012 VISTO, el Oficio Nº 586-2011-SG/MM, de fecha 25 de agosto de 2011, remitido por la Secretaria General de la Municipalidad de Miraflores, respecto de la eliminacion de documentos declarados innecesarios; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en las Leyes Nº 29565 y Nº 25323, el Archivo General de la Nacion es un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, que se encarga de conducir el Sistema Nacional de Archivos en su condicion de organo rector y central; Que, los incisos b) y f) del articulo 5º de la Ley Nº 25323, Ley del Sistema Nacional de Archivos, concordantes con los incisos d) e i) de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-92-JUS, disponen que son fines del Archivo General de la Nacion normar y racionalizar la eliminacion de documentos en la Administracion Publica a todo nivel, asi como velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre archivos y documentos; Que, el articulo 10º del Decreto Ley Nº 19414, Ley de Defensa, conservacion e incremento del Patrimonio Documental de la Nacion establece que "los documentos administrativos de los archivos de las reparticiones y organismos del Sector Publico Nacional, cuya conservacion sea innecesaria, podran ser eliminados o

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