TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de enero de 2012 459776 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día 50% US$ Número de días Total viáticos US$ José Antonio Meier Espinosa 100.00 1+1 200.00 Artículo 3º.- Los gastos por concepto de viáticos, serán cubiertos en un 50% por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores; dado que el Gobierno del Ecuador, cubrirá los gastos de pasajes y hospedaje. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendarios posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista; asimismo, deberá presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 745348-2 Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático al Secretario General del Ministerio, correspondientes al Año Fiscal 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0067/RE-2012 Lima, 23 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que el Sistema Nacional de Presupuesto es el conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público en sus fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación. Asimismo, en dicho artículo se precisa que el referido Sistema se rige por los principios de equilibrio, universabilidad, unidad, especifi cidad, exclusividad y anualidad; Que, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 28411, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, responsable en materia presupuestal de manera solidaria, entre otros, con el Organismo Colegiado con que cuente la Entidad. Igualmente, de acuerdo a lo dispuesto en el referido cuerpo legal, dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley N° 28411, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado; Que, asimismo el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, establece que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Ley N° 29357 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud de la cual se establece que, dentro de su estructura orgánica básica, la Alta Dirección está conformada por el Ministro, Viceministro y el Secretario General, en el cual se establece que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar la formalización de modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que corresponda al Titular del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondientes al Año Fiscal 2012. PLIEGO AUTORIDAD DEL TITULAR POR DELEGACIÓN 008 MINISTERIO DE RELACIONES SECRETARIO GENERAL EXTERIORES Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 745348-3 SALUD Designan Supervisor Administrativo de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2012/MINSA Lima, 23 de enero del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 596-2011/ MINSA, del 4 de agosto de 2011, se designó al señor Miguel Gonzalo Alva Frías, en el cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud y mediante Resolución Ministerial Nº 045-2012/MINSA, del 19 de enero de 2012, en el cargo de Ejecutivo Adjunto, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; Que, resulta conveniente designar al profesional propuesto en el cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo