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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de febrero de 2012 460425 Comisión ha presentado al Ministro de Defensa la relación de Técnicos que deben desempeñarse como Auxiliares a partir del 1 de febrero de 2012 y por un periodo máximo de dos (2) años; Que, el artículo 9° del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema, debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, la Resolución Suprema N° 044-2010-DE/SG de fecha 25 de enero de 2010, la Resolución Suprema N° 486-2011-DE/SG de fecha 14 de octubre de 2011, la Resolución Suprema N° 559- 2011-DE/SG, de fecha 23 de noviembre de 2011, la Resolución Suprema N° 015-2012-DE/SG, de fecha 19 de enero de 2012. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Personal Subalterno de las Fuerzas Armadas del Perú, a partir del 1 de febrero de 2012 y por un periodo máximo de dos (2) años, en los cargos que se detallan: CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS Auxiliar de la Agregaduría de Defensa Adjunta y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Solivia Técnico de Tercera EP Pedro Nolasco Laban Laban Auxiliar de la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia Técnico de Tercera AP Guillermo Collantes Huarniz Auxiliar de la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia Técnico Tercero AP Félix Martín Reyes Rivera Auxiliar de la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa Técnico Primero EP Jorge Luis Lucana Yancce Auxiliar de la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India Técnico Primero EP Juan Gilberto Romero Rodríguez Auxiliar de la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República Sudáfrica Técnico Primero EP Rudiary Duverli Correa Córdova Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú y Marina de Guerra del Perú, efectuarán los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006. Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior. Artículo 4°.- El citado Personal destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores revistará en las Direcciones y Comandos de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 749933-7 Autorizan viaje de Oficial del Ejército a la República Federativa de Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2012-DE/ Lima, 4 de febrero de 2012 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 078 /U-4.d.2. del 14 de diciembre de 2011, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2012, la designación de un (01) Ofi cial Superior para que participe como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército de Brasil, fundamentado en la necesidad de desarrollar competencias en los Ofi ciales Superiores en el máximo nivel educativo militar, con las transformaciones que en el ámbito educativo exigen los avances científi cos y tecnológicos, así como en el entorno nacional e internacional; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Tte Crl EP Doménico Luis Manuel MAGUIÑA LA TORRE, para que participe como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército de Brasil en la ciudad de Río de Janeiro - República Federativa de Brasil, en el período comprendido del 06 de febrero al 07 de diciembre de 2012, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, el precitado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), ítem Nº 12 del Anexo 01 del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el año 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ del 13 de enero de 2012; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359- Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por un período mayor de seis (06) meses por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo compensatorio previsto, de acuerdo a la duración de la comisión de servicios o misión de estudios; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001- 2011-DE/ del 29 de marzo 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de