Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2012 (09/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460609

Articulo 7º.- Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Web del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura

750906-2

Aprueban Convenio Especifico de Licencia de uso de la MORDAZA Vicuna Peru a celebrarse con Incapalca Textiles Peruanos de Exportacion S.A. - INCAPALCA TPX S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0033-2012-AG
MORDAZA, 6 de febrero de 2012 VISTO: La solicitud de fecha 25 de noviembre del 2011, presentada por el senor MORDAZA Chaves MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 29234567, en su calidad de Gerente General de la empresa Incalpaca Textiles Peruanos de Exportacion S.A ­ INCALPACA TPX S.A segun Poder inscrito en la Partida Nº 11006664 del Registro de Persona Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, para el otorgamiento de la Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU, por el periodo de dos (02) anos; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura ­ MINAG, es el organo rector del Sector Agrario y establece la Politica Nacional Agraria, la cual es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno y ejerce sus funciones en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 997, teniendo como funcion especifica dictar las politicas nacionales para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos forestales, la MORDAZA y la fauna MORDAZA, en concordancia con la Politica Nacional del Ambiente; Que, el Estado Peruano a traves del Ministerio de Agricultura, es titular de la MORDAZA VICUNA PERU, por Resolucion Nº 004638-2009/DSD-Reg-INDECOPI, la cual se encuentra debidamente inscrita y registrada en la Oficina de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, con Certificado Nº 047664 aprobado por Resolucion Nº 008848-1998/OSDINDECOPI, renovado por Resolucion Nº 000889-2009/ DSD-Reg-INDECOPI, para distinguir telas fabricadas con fibra de vicuna esquilada en viva y demas, de la clase 24 de la Clasificacion Internacional. Asimismo, con el Certificado Nº 0055564 aprobado por Resolucion Nº 0003223-1999OSD-INDECOPI, renovado por Resolucion Nº 0053562009/DSD-Reg-INDECOPI, para distinguir pantalones, abrigos, chales, bufandas, chompas y demas productos de la clase 25 de la Clasificacion Internacional; Que, el Decreto Legislativo Nº 653 establece que la crianza de la vicuna, al igual que la transformacion y comercializacion de sus productos, pueden ser efectuadas por cualquier persona natural o juridica, bajo la supervision del Estado; Que, por Decreto Supremo Nº 053-2000-AG, se establece que el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos (CONACS), mediante Resolucion Ministerial y a traves de convenios especificos cedera el uso de la MORDAZA VICUNA PERU y/o VICUNA PERU ­ ARTESANIA, a favor de personas naturales o juridicas, titulares de la custodia y usufructo de las vicunas y/o guanacos, a efectos de la comercializacion de productos obtenidos de su fibra; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-AG, se establece que el Estado podra otorgar licencia de uso de la MORDAZA VICUNA PERU, a favor de las empresas industriales textiles encargadas de la transformacion y comercializacion de productos obtenidos de fibra de vicuna esquila viva, a un plazo determinado, mediante Convenio Especifico, aprobado por Resolucion Ministerial del Sector Agricultura; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2007-AG, precisado por Decreto Supremo Nº 014-2007-AG, se dispuso la

fusion por absorcion del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos (CONACS), en el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), en lo relativo al manejo, conservacion y aprovechamiento sostenible de las especies vicuna y guanaco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobo la fusion del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) en el Ministerio de Agricultura, siendo este ultimo el ente absorbente; Que, mediante Informe Nº 4249-2011-AG-DGFFFSDGEFFS de fecha 13 de diciembre del 2011, la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, senala que la empresa Incalpaca Textiles Peruanos de Exportacion S.A ­ INCALPACA TPX S.A ha cumplido con la MORDAZA y aprobacion de los requisitos previstos para el otorgamiento de Convenio Especifico de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU, por lo que recomienda su elaboracion y posterior celebracion entre el Ministerio de Agricultura y la citada empresa, por el periodo de dos (02) anos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 053-2000-AG y el Decreto Supremo Nº 006-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio Especifico de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU a celebrarse entre el Ministerio de Agricultura, en representacion del Estado y la empresa Incalpaca Textiles Peruanos de Exportacion S.A ­ INCALPACA TPX S.A, el mismo que tendra vigencia de dos (02) anos, contados a partir del dia siguiente de su suscripcion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura

750817-1

Regulan plazo y forma en que usuarios deberan abonar la retribucion economica por uso de agua superficial, subterranea y por vertimientos de agua residual tratada para el ano 2012
RESOLUCION JEFATURAL Nº 049-2012-ANA
MORDAZA, 7 de febrero de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 029-2012-ANA-DARH de la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos; y, CONSIDERANDO: Que, segun el numeral 3 del articulo 15º de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua, propone normas en materia de su competencia, asi como dicta normas y establece procedimientos para asegurar la gestion integral y sostenible de los recursos hidricos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011-AG se aprobaron los valores de las retribuciones economicas por el uso del agua superficial, aguas subterraneas y vertimiento de agua residual tratada para el ano 2012; Que, de conformidad con los articulos 178º y 182º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, la Autoridad Nacional del Agua mediante Resolucion Jefatural debera regular la forma y plazos en que los usuarios deberan abonar las retribuciones economicas por el uso del agua y por vertimientos de aguas residuales tratadas, respectivamente; Que, con el documento del visto, la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos remite el Informe

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