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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de febrero de 2012 460611 Exterior y Turismo, competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores de Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; y en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, incluyendo la artesanía; Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al MINCETUR, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con la política y objetivos sectoriales; Que, en el marco de sus funciones, PROMPERÚ llevó a cabo un proceso de formulación y desarrollo de la denominada “Marca País y su identidad”, la cual involucró la participación de diferentes actores del sector público y privado para tal fi n, buscando el posicionamiento de la imagen positiva del Perú en el extranjero, así como su diferenciación de otros países de la región y el mundo, potenciando la promoción del turismo receptivo, aumentando la competitividad de nuestros productos de exportación e incrementando el fl ujo de capitales de inversión en el mismo; dicho trabajo dio como resultado la creación del siguiente logotipo, cuya identidad y diseño ofi cial fue aprobado mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 046- 2011-PROMPERÚ/PCD; Que, en el mes de mayo del año 2011, se lanzó la Campaña Nacional de la Marca País, la cual ha tenido alto grado de aceptación entre la población peruana, incrementando el conocimiento, identifi cación y adhesión de los peruanos con la Marca Perú, así como también intensifi cando el sentimiento de orgullo nacional por lo peruano, campaña que ha sido reconocida y premiada a nivel internacional; Que, existe una corriente de identifi cación y orgullo con la “Marca País Perú” y sus valores por parte de empresas, organizaciones, entidades públicas y personas naturales, lo cual motiva la difusión de dicho símbolo; sin embargo, no se cuenta con un dispositivo legal que le otorgue un reconocimiento ofi cial que respalde su existencia como símbolo diferenciador del Perú; Que, en razón de lo expresado, resulta necesario otorgar carácter ofi cial a la “Marca País Perú”, teniendo en cuenta que a través de la misma se espera potenciar la promoción del turismo receptivo, aumentar la competitividad de nuestros productos de exportación e incrementar el fl ujo de capitales de inversión, objetivos que contribuyen al benefi cio y desarrollo del país; Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; DECRETA: Artículo 1º.- Carácter ofi cial Otorgar carácter ofi cial a la “Marca País Perú” como la marca ofi cial del Estado Peruano, la misma que se encuentra registrada bajo la titularidad de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, ante la Ofi cina de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en las 45 clases de la Nomenclatura Internacional Niza, con el siguiente logotipo: Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 751496-2 Designan representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante el Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2012-MINCETUR/DM Lima, 07 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 107-2007- MINCETUR/DM, de fecha 16 de mayo de 2007, se designó al señor Guillermo Hernán Martorell Sobero, como representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR ante el Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA; Que, se considera conveniente actualizar la referida representación; De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27688 – Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2003- MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Roberto Antonio Angüis Sayers como representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante el Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 107-2007- MINCETUR/DM, dándosele las gracias al señor Guillermo Hernán Martorell Sobero, por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 750857-1 Aprueban el “Plan Anual Anticorrupción del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 2012” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2012-MINCETUR/DM Lima, 8 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo, lo que implica, el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que, el Acuerdo Nacional establece como una Política de Estado, la promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando, en