Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2012 (09/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2012

seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el inciso a), numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 ­ Ley N° 29812, dispone que los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras se autorizan mediante Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley N° 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 y el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicio del senor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Basurco, consultor de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Moscu, Federacion Rusa, del 9 al 16 de febrero de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion no cubiertos por el Foro de Cooperacion Economica Asia-Pacifico (APEC), seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (4 dias) : US $ 1 040,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje de la persona autorizada en la presente Resolucion, debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la persona cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

751495-1

EDUCACION
Oficializan la autorizacion y registro de SGS Certificadora de Educacion S.A.C. como Entidad Evaluadora Externa con fines de acreditacion
RESOLUCION Nº 008-2012-SINEACE/P
MORDAZA, 31 de enero de 2012 VISTO: El Oficio Nº 773-2011-CONEACES-DEA de 28 de diciembre del 2011, que remite el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria. CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias

para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, el articulo 4°, inciso g), del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que el Consejo Superior del SINEACE, como Ente Rector del sistema, tiene la funcion de llevar el Registro Nacional de las Entidades Evaluadoras con fines de Acreditacion y Entidades Certificadoras, de manera diferenciada; debiendo la Secretaria Tecnica del Consejo Superior, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 5°, inciso h, mantener actualizados los registros relacionados a la acreditacion y certificacion de la calidad, de acuerdo a la informacion que proporcionen los organos operadores del SINEACE; Que, el articulo 16º del referido Reglamento dispone que para funcionar como entidad evaluadora con fines de acreditacion se requiere estar constituida y registrada, y contar con personeria juridica; asimismo, debe disponer de un grupo de profesionales competentes estables, y de otro especializado en materia de evaluacion de las diversas areas del conocimiento sobre las que desarrollara evaluaciones, previamente capacitados y certificados como evaluadores para el MORDAZA y nivel de instituciones o programas que deberan evaluar por el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria (CONEACES); Que, a traves de la "Guia de Procedimientos para la Autorizacion y Registro de Entidades Evaluadoras con fines de Acreditacion", aprobada con la Resolucion N° 008-2010SINEACE/P de 14 de MORDAZA del 2010, se han establecido los requisitos para ser autorizado y registrado como Entidad Evaluadora con fines de Acreditacion por el CONEACES. Que, mediante Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, de la Sesion N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratificacion de los Acuerdos de Directorio de los organos operadores, a fin de formalizarlos mediante resolucion administrativa de la Presidencia del SINEACE; a tal efecto, en todos los casos, se establecio que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del organo operador; el informe de la Secretaria Tecnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, mediante el Acuerdo Nº 668-2011-CONEACES, sancionado en su Sesion N° 172-2011-CONEACES de 19 de diciembre del 2011, el Directorio del CONEACES aprobo el Informe Nº 03-2011-CONEACES-DEA sobre el expediente presentado al CONEACES por SGS Certificadora de Educacion S.A.C. solicitando su autorizacion y registro como Entidad Evaluadora", formulado por la Direccion de Evaluacion y Acreditacion del CONEACES; en el que se recomienda autorizar y registrar a SGS Certificadora de Educacion S.A.C. como entidad Evaluadora Externa con fines de Acreditacion por cinco (5) anos, al haber cumplido con los requisitos previstos en la citada "Guia de Procedimientos para la Autorizacion y Registro de Entidades Evaluadoras con fines de Acreditacion"; Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, el Consejo Superior del SINEACE, en su Sesion Nº 31 de 23 de enero del 2012, a traves del Acuerdo N° 040-2012-SINEACE, acordo oficializar la autorizacion y Registro de SGS Certificadora de Educacion S.A.C. como Entidad Evaluadora Externa con fines de Acreditacion por el plazo de cinco (5) anos; Que, mediante la Resolucion Nº 018-2010-SINEACE/P se dispuso la apertura del Registro Nacional de Entidades Evaluadoras con fines de Acreditacion del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria - CONEACES; Que, en la Sesion Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE MORDAZA como su Presidenta a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta del Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, la Ley N° 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE. Estando a lo opinado en el Informe N° 001-2012-SINEACE/ST. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar la autorizacion y registro de SGS Certificadora de Educacion S.A.C. como Entidad Evaluadora Externa con fines de acreditacion, por el plazo de cinco (5) anos, otorgados mediante Acuerdo Nº 6682011-CONEACES del Directorio del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria.

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