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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de febrero de 2012 460873 Artículo 89º.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Urbano las siguientes: (..) 3. Conducir y supervisar las actividades vinculadas con la elaboración de planes urbanos específi cos, autorizaciones y certifi caciones urbanas, adjudicación de tierras, asentamientos humanos, renovación urbana, saneamiento legal y físico de los predios tugurizados con fi nes de renovación urbana. (..) 10.b Declarar en primera instancia el Abandono o la Prescripción Adquisitiva Administrativa de los predios tugurizados declarados como Áreas de tratamiento sujetos a Renovación Urbana. 10.c Promover, dirigir, controlar y ejecutar la destugurización de los predios y la Renovación Urbana de los mismos. 10.d Proponer normas en materia de saneamiento legal y físico de predios tugurizados con fi nes de Renovación Urbana. (…) Artículo 90º.- La Gerencia de Desarrollo Urbano está conformada por las unidades orgánicas siguientes: • Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas. • Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras. • Subgerencia de Autorizaciones Urbanas. • Subgerencia de Renovación Urbana.” Artículo 95º.- La Subgerencia de Autorizaciones Urbanas es el órgano responsable de administrar los procesos de otorgamiento de licencia de obra, nomenclatura, numeración; Conformidad de Obra y Declaratoria de Edifi cación, que se efectúen en los inmuebles del Cercado de Lima; así como, autorizar en la vía pública la ejecución de obras y la ubicación de anuncios publicitarios de conformidad con las normas vigentes. La Subgerencia de Autorizaciones Urbanas está a cargo de un Subgerente quien depende del Gerente de Desarrollo Urbano.” Artículo 96º.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas las siguientes: 1. Programar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de obtención de la licencia de obra, nomenclatura, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edifi cación. Así como de la autorización de obras en la vía pública, de anuncios, de avisos publicitarios. (…) Artículo 2º.- Creación de la Subgerencia de Renovación Urbana Incorporar los artículos 96º-A y 96º-B en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 812-MML del 15 de setiembre del 2005 y modifi catorias, conforme al texto que a continuación se detalla: Artículo 96-A.- La Subgerencia de Renovación Urbana es el órgano responsable de administrar los procesos técnicos de renovación urbana, así como la identifi cación, califi cación y declaración de área de tratamiento, declaración de estado de tugurización y el saneamiento físico y legal de los predios tugurizados con fi nes de renovación urbana. Está a cargo de un Subgerente quien depende del Gerente de Desarrollo Urbano. Artículo 96-B.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Renovación Urbana las siguientes: 1. Programar, dirigir, ejecutar y controlar los procesos técnicos de renovación urbana y los vinculados con la identifi cación, califi cación y declaración de área de tratamiento, declaración de estado de tugurización y el saneamiento físico legal de los predios tugurizados con fi nes de renovación urbana. 2. Gestionar y articular el proceso de ejecución de estudios y proyectos de renovación urbana. 3. Identifi car y declarar Áreas de Tratamiento con fi nes de Renovación Urbana. 4. Identifi car los inmuebles en estado ruinoso y califi carlos como inhabitables. 5. Declarar, identifi car y califi car tugurios en los cuales deban realizarse tareas de renovación urbana. 6. Proponer proyectos de normatividad relacionado con el saneamiento físico y legal de predios tugurizados con fi nes de Renovación Urbana de conformidad con la legislación vigente. 7. Promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico legal de predios tugurizados con fi nes de renovación urbana. 8. Evaluar los anteproyectos y proyectos en consulta sobre renovación urbana en predios tugurizados. 9. Realizar el Registro de Peritos Técnicos para Renovación Urbana. 10. Otras funciones que le asigne el Gerente de Desarrollo Urbano. Artículo 3º.- Derogación de funciones de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas Eliminar el texto del numeral 11 del artículo 96º, del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado por Ordenanza Nº 812-MML y modifi catorias, en lo que corresponde a las funciones y atribuciones de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas, Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y será publicada en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Lima, 07 FEB. 2012 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 752450-3 Declaran de interés metropolitano el proceso de saneamiento físico legal de predios tugurizados con fines de renovación urbana ORDENANZA N° 1590 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 7 de febrero del 2012 los Dictámenes Nº 8 de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Nº 164-2011-MML-CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y Nº 271-2011-MML-CMAEO, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 3) y 8) del artículo 9º, artículo 40º y numeral 10) del artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades: Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS METROPOLITANO EL PROCESO DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS CON FINES DE RENOVACIÓN URBANA EN LA JURISDICCIÓN DE LIMA METROPOLITANA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Declaración de Interés Metropolitano Declarar de Interés Metropolitano el Proceso del Saneamiento Físico Legal de Predios Tugurizados con