TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de febrero de 2012 460868 de Salud, contenida en la Nota Informativa N° 065-2012- OIE-OARH/MINSA, con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la Químico Farmacéutico Martha Angélica Solar Magno, en el cargo de Jefe del Departamento de Farmacia, Nivel F-3, del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a la Químico Farmacéutico Elba Esther Palomino Gómez, las funciones de Jefe del Departamento de Farmacia, Nivel F-3, del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 752557-2 Designan Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2012/MINSA Lima, 10 de febrero del 2012 Vistos, los Expedientes Nº 12-011727-001 y Nº 12-004413- 001, que contienen las Notas Informativas Nº 021-2012- DG-OGDN/MINSA y Nº 005-2012-DG-OGDN/MINSA, remitidas por el Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 148-2011/ MINSA, de fecha 18 de febrero de 2011, se designó a la Médico Cirujano Katianna Elizabeth Dolores Baldeón Caqui, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial N° 923-2011/MINSA, de fecha 16 de diciembre de 2011, se reordenó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Suprema N° 008-2011-SA, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I de la Ofi cina General de Defensa Nacional, se encuentra califi cado como cargo de Directivo Superior de libre designación; Que, con Nota Informativa N° 004-2012-OEDD/ OGDN, de fecha 11 de enero de 2012, la Médico Cirujano Katianna Elizabeth Dolores Baldeón Caqui, formuló renuncia al cargo que fuera designada mediante Resolución Ministerial Nº 148-2011/MINSA; Que, mediante documentos del visto, el Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, solicita aceptar la renuncia presentada por la profesional antes citada y designar al profesional propuesto; Que, por convenir al servicio resulta necesario atender el pedido formulado por el Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud y disponer las acciones de personal que resulten pertinentes; Contando con la opinión favorable de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, contenida en la Nota Informativa N° 072-2012- OIE-OGGRH/MINSA y con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Médico Cirujano Katianna Elizabeth Dolores Baldeón Caqui, al cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano Jorge Santiago Serida Morisaki, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 752557-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en la localidad de Juli, departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 055-2012-MTC/03 Lima, 6 de febrero de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2011-004120 presentado por la señora YESSICA PATRICIA TANCARA PILCOMAMANI, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Juli, provincia de Chucuito, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interés social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detalla;