Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2012 (14/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de febrero de 2012

documento que acredite que cuenta con derecho a edificar. Ni vigencia de Poder de persona juridica) y Modalidad C y D Licencia de Obra Nueva del T.U.P.A. de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 37°.- Procedimiento Los procedimientos senalados en los articulos 38° y 39° de la presente Ordenanza son de evaluacion previa sujetos a Silencio Administrativo Positivo; con excepcion de aquellos anteproyectos o proyectos que se ejecuten sobre predios que se encuentren bajo los alcances de la Ley Nº 27580 y la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", para tal caso aplicara el Silencio Administrativo Negativo; conforme a los criterios senalados en la Ley y el Reglamento de acuerdo al siguiente detalle: Recibida la solicitud por la Subgerencia de Tramite Documentario, sera remitida a la Subgerencia de Renovacion MORDAZA a efectos de: a) Revisar y evaluar la documentacion presentada, verificando el cumplimiento de lo establecido en la Ley, el Reglamento, la presente Ordenanza y demas normas aplicables. b) Con los requisitos conformes procedera a remitir a la Comision Tecnica de Zonas y Microzonas de Renovacion MORDAZA, a efectos de que esta realice la evaluacion y estudio sobre la procedencia de lo peticionado; emitiendo el Dictamen correspondiente. Articulo 38°.- De la Licencia de Obra El Dictamen de la Comision Tecnica de Zonas y Microzonas de Tratamiento para Renovacion MORDAZA, es de caracter vinculante para la expedicion de la respectiva Licencia de Obra, no requiriendose para este efecto de ningun requisito adicional para el solicitante. Para el caso de MORDAZA Cercado, esta sera expedida por la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas. Para los distritos de la Provincia de MORDAZA Metropolitana sera expedida por el Organo competente de cada Municipio Distrital. Articulo 39º.- Del Control MORDAZA, Recepcion de Obras y Registro de la Declaratoria de Edificacion Se sujetan a lo dispuesto por la Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, de acuerdo a la Modalidad correspondiente para el MORDAZA de proyecto. La Modalidad "A", no aplica para los proyectos de Renovacion Urbana. CAPITULO II EJECUCION DE PROYECTOS Articulo 40°.- Proyectos de Inversion La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA podra ejecutar inversion en Proyectos de Renovacion MORDAZA en predios de dominio privado del Estado, en el MORDAZA de lo establecido por la Ley y su Reglamento. Para tal efecto se dispondran las acciones necesarias para la optimizacion de los procesos y mecanismos de ejecucion respectivos. Articulo 41º.- La Supervision de la Obra La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, supervisara la ejecucion de los proyectos aprobados, y de ser el caso; a solicitud de parte, podra contar con el apoyo tecnico de organos especializados del Gobierno Nacional y/o del Sector privado. Articulo 42º.- MORDAZA de Financiamiento Constituyen recursos para el financiamiento de los proyectos los siguientes: · Los que a propuesta del Ministerio de Economia y Finanzas se establezcan anualmente en el Presupuesto de la Republica. · Los recursos provenientes del FOMUR (Fondo Municipal de Renovacion Urbana) y de la MORDAZA Municipal de Credito Popular de Lima.

· Los recursos propios de los poseedores calificados para el MORDAZA de saneamiento. · El producto de las donaciones o legados. · Los bonos habitacionales otorgados por el Gobierno Nacional. · La venta de unidades de vivienda excedentes, la explotacion economica comercial, turistica o cultural de las partes intangibles de los predios monumentales y los recursos propios de cada prestatario. TITULO V DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS Articulo 43º.- Organos Resolutivos Las autoridades competentes, para resolver los recursos administrativos que se formulen, segun corresponda, en los procedimientos administrativos citados en la presente Ordenanza, son: 1.- Organos que resuelven recursos administrativos: a) Reconsideracion.- Se interpondra ante el organo que emitio el acto administrativo, quien lo resolvera. b) Apelacion.- Se interpondra ante la misma autoridad que expidio el acto administrativo que se impugna a fin que sea elevado al organo superior jerarquico, quien lo resolvera. Para los procedimientos de saneamiento legal, la apelacion sera resuelta mediante Resolucion de Alcaldia, conforme lo establecido en la Ley y el Reglamento. 2.- Tramites y plazos para resolver los recursos administrativos: Se sujetan a lo dispuesto en la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Aplicacion Supletoria y Derogacion de Normas.- En todo lo no previsto en la presente MORDAZA se aplicara lo establecido en la Ley, el Reglamento y demas normas aplicables. Asimismo, deroguense todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Segunda.- Solicitudes en Tramite.- Las solicitudes que se encuentren en tramite referidas a los procedimientos establecidos en la Ley y el Reglamento, cualquiera sea su estado, se adecuaran a las disposiciones de esta Ordenanza, conforme lo disponga la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante Resolucion. Tercera.- Excepcion de Saneamiento Legal.- Los procedimientos de Saneamiento Legal indicados en el Titulo III de la presente Ordenanza no son de aplicacion para los inmuebles de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana y los inmuebles que esta administre. Cuarta.- Comite de Gestion Para la Renovacion Urbana.Constituyase el Comite de Gestion para la Renovacion MORDAZA, el cual sera presidido por el MORDAZA (sa) Metropolitano (a) o su representante y conformado por los siguientes miembros: a) EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO: Se desempena como Secretario del Comite de Gestion de Renovacion MORDAZA y desarrolla acciones que permitan el cumplimiento de la Ley, el Reglamento y la presente Ordenanza. b) EL GERENTE GENERAL DE EMILIMA S.A: Desarrolla la gestion economica y financiera del Fondo Metropolitano para la Renovacion y Desarrollo MORDAZA, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 237-MML, incidiendo en la elaboracion y ejecucion de proyectos de Renovacion MORDAZA, planificando una cartera de inversion para la renovacion MORDAZA, que permita realizar una gestion eficaz para el logro de la finalidad propuesta en la presente ordenanza. Gestiona la obtencion de recursos provenientes de la cooperacion tecnica y financiera nacional e internacional. c) EL GERENTE GENERAL DE LA MORDAZA MUNICIPAL DE CREDITO POPULAR DE MORDAZA (CAJA

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