Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2012 (19/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de febrero de 2012

Estado en el exterior, esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva institucion armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo articulo, y conforme al reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-DE de 20 de noviembre de 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778­ 2008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero de 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, en su Articulo 1º inciso A) numeral 3, determina que las autorizaciones de viajes al extranjero que irroguen gastos al Estado, de personal militar y civil, seran aprobadas por Resolucion Suprema; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 0242009-DE/SG de 19 de noviembre de 2009, y; Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior del senor MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con CIP Nº 116674300 y DNI Nº 21544611, para que preste servicios como representante del Ejercito del Peru en la XXX Secretaria Ejecutiva Permanente de la Conferencia de Ejercitos Americanos (SEPCEA), con sede en los Estados Unidos Mexicanos, en el periodo del 01 de marzo al 31 de diciembre de 2012. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos (clase economica): MORDAZA ­ Mexico ­ MORDAZA US$ 2,600.00 x 01 persona (Incluye costo de la TUUA) $ 2,600.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 6,930.00 x 10 meses x 01 persona $ 69,300.00 Gastos de Traslado (Ida y Vuelta) US$ 6,930.00 x 02 x 01 persona Total a pagar $ 13,860.00 $ 85,760.00

obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 8º.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa

754505-4

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de la Republica Federativa de Brasil y la Republica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 194-DE/SG-2012
MORDAZA, 17 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 090 de fecha 8 de febrero de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil y la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, el Jefe y Miembros de la Mision de Asistencia a la Remocion de Minas en MORDAZA del Sur-MARMINAS de la Junta Interamericana de Defensa-JID, procedentes de la Republica Federativa de Brasil y la Republica de MORDAZA, ingresaran al MORDAZA para brindar apoyo al Programa de Asistencia a la Accion Integral contra las Minas Antipersonales, en el MORDAZA del acuerdo del Peru con la OEA y la resolucion de la Mision de Observadores Militares Ecuador - Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internaciones del Ministerio de Defensa, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Federativa de Brasil y la Republica de MORDAZA, detallado a continuacion, del 20 de febrero de 2012 al 20 de febrero de 2013, con la finalidad de brindar apoyo al Programa de Asistencia a la Accion Integral contra las Minas Antipersonal en el Peru, en el MORDAZA del acuerdo con la OEA y la resolucion de la Mision de Observadores Militares Ecuador - Peru: 1. MORDAZA, Clevis MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Brasil - Jefe de Mision de Asistencia a la Remocion de Minas en MORDAZA del Sur-MARMINAS.

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El citado Oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la Comision Especial en el Exterior. Articulo 6º.- El citado Oficial esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o de retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva institucion armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Articulo 7º.- El Oficial designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados

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