Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2012 (23/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2012

Tercero.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente la presente Ordenanza. Cuarto.- Quedan derogadas o modificadas las disposiciones que se opongan en todo o en parte a lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Palacio Municipal a los diez dias del mes de febrero del dos mil doce. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 755005-1

h) Ordenanza 191-99-MML, que aprobo la creacion del Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) para la Participacion Vecinal en MORDAZA Metropolitana. i) Ley N° 27806, Ley de transparencia y acceso a la informacion publica. j) Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA. Articulo 4° Principios.- Las disposiciones y procedimientos contemplados en la presente MORDAZA, se regulan por los principios administrativos y registrales: a) MORDAZA de Presuncion de Veracidad.- En aplicacion de este MORDAZA, se presume que los documentos y declaraciones presentados por los representantes de las Organizaciones Sociales en la forma prescrita por esta Ordenanza responden a la verdad de los hechos que contienen; por ello, tienen caracter de declaracion jurada, bajo responsabilidad de los Dirigentes. Esta presuncion admite prueba en contrario, bajo la sancion de anularse el acto registrado. b) MORDAZA de Celeridad.- Las areas de la Municipalidad, vinculadas con los procedimientos del RUOS adecuaran su actuacion de tal manera que los tramites se realicen con la mayor celeridad posible, evitando formalismos y dilaciones que impidan el reconocimiento de las Organizaciones Sociales y la inscripcion de sus actos dentro de los plazos legalmente establecidos. c) MORDAZA de Publicidad y Participacion.- La Municipalidad facilitara a los ciudadanos y a las Organizaciones Sociales el acceso a la informacion correspondiente al RUOS, con el fin de extender las posibilidades de que participen en las decisiones publicas que se deriven de los procedimientos que les pueden afectar. Dicho acceso se efectuara sin requerirse expresion de causa, segun lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, a traves de los medios de comunicacion y difusion con los que cuenta la Municipalidad del Distrito. d) MORDAZA de Predictibilidad.- La Municipalidad del Distrito debera brindar a las Organizaciones Sociales y a sus representantes la informacion veraz, completa y confiable sobre cada uno de los tramites contemplados en la presente Ordenanza, de manera tal que, desde su inicio, los interesados puedan tener pleno conocimiento sobre los procedimientos a realizar y sobre los efectos de cada acto registrado. e) MORDAZA de Legalidad.- Los actos y documentos sustentatorios cuya inscripcion se solicite seran sometidos a una previa y minuciosa calificacion registral por parte de la autoridad competente, a fin de corroborar su veracidad y licitud, y para comprobar que no contravengan las normas legales vigentes y los actos inscritos con anterioridad. f) MORDAZA de Rogacion.- La inscripcion de cualquier acto en los RUOS unicamente puede efectuarse a peticion de la parte interesada; por ello, la solicitud de las Organizaciones Sociales a traves de sus representantes es obligatoria. En ningun caso la Municipalidad inscribira actos registrales de oficio. g) MORDAZA de Tracto Sucesivo.- Con excepcion de la primera inscripcion, ningun acto puede ser registrado sin que, previamente, este inscrito el acto anterior que le dio origen. TITULO II DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES

Aprueban la creacion del Registro Unico de Organizaciones Sociales para la Participacion Vecinal en el distrito
ORDENANZA Nº 295 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo, de fecha 10 de febrero de 2012, el Dictamen Nº 001-2012-CALMDR, de la Comision de Asuntos Legales del Concejo Municipal; con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DEL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES PARA LA PARTICIPACION VECINAL EN EL DISTRITO DEL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la creacion del Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) para la participacion Vecinal en el Distrito del Rimac. TITULO I GENERALIDADES Articulo 1° Objeto de Ordenanza.- La presente Ordenanza tiene por objeto crear el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito del MORDAZA y normar en este Registro, los procedimientos y requisitos para la inscripcion y reconocimiento de las Organizaciones Sociales del Distrito, asi como de sus actos posteriores. Articulo 2° Ambito de Aplicacion.- La presente Ordenanza es de cumplimiento obligatorio para todas las Organizaciones Sociales que desarrollan sus actividades y tienen su domicilio legal en el Distrito del MORDAZA, y que deseen inscribirse en el Registro Unico de Organizaciones Sociales ­ RUOS. Articulo 3° MORDAZA Legal.- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes normas legales: a) Constitucion Politica del Peru de 1993. b) Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. c) Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General d) Ley N° 29060, Ley de Silencio Administrativo. e) Ley N° 25307, Ley que declara de prioritario interes nacional la labor que realizan las OSB, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 041-2002-PCM. f) Ley N° 27337, Ley que aprueba el MORDAZA Codigo de los Ninos y Adolescentes. g) Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos.

Articulo 5° Organizacion Social.- Se entiende por Organizacion Social a toda forma organizativa estable conformada por personas naturales, por personas juridicas y/o por asociaciones de hecho, que se constituyen por su libre decision, sin fines lucrativos ni politicos ­ partidarios, bajo las diversas formas previstas por la Ley o de hecho, y que a traves de una actividad comun persiguen el desarrollo individual y colectivo de su comunidad y del Distrito, asi como la promocion y reconocimiento de sus derechos. Para la presente Ordenanza, no constituyen Organizaciones Sociales las instituciones o instancias creadas por MORDAZA Municipal. Articulo 6° Tipos de Organizaciones Sociales segun su naturaleza.- Para efectos de aplicacion de

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