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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de febrero de 2012 461312 Que el Diálogo Aduanas-Sector Privado, denominado “Cambio, Reto y Oportunidad”, permitirá que los participantes profundicen los temas sobre el “Cambio” en la función de Aduanas después del 11 de setiembre de 2001, identifi quen los “Retos” presentados por este cambio, así como también identifi quen “Oportunidades” futuras para establecer cooperaciones efi cientes y sostenibles que ayuden a satisfacer las necesidades para asegurar y facilitar el comercio como un medio para el crecimiento y prosperidad económica; Que la Reunión Conjunta Grupo Movilidad Empresarial se encarga de trabajar iniciativas para que el proceso de inmigración sea más ágil, simple y efi caz, garantizando la seguridad de los pasajeros, de establecer las mejores prácticas para que las economías puedan autoevaluar sus sistemas y desarrollar sus propios planes de acción estratégicos, así como brindar asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades; Que la citada reunión conjunta tiene como objetivo discutir la importancia de la colaboración interinstitucional y el desarrollo de mecanismos efi caces para fomentar el intercambio de información, así como compartir las mejores prácticas, fortalecer las coordinaciones y lograr una gestión de riesgo exitosa; Que fi nalmente, en la participación peruana en la Tercera Reunión del Comité de Comercio e Inversión-Diálogo de Política Comercial sobre Resoluciones Anticipadas, se realizará la exposición sobre los avances en la implementación de las Resoluciones Anticipadas de Valoración en el Perú, así como se compartirá las experiencias, desafíos y benefi cios que representa su implementación para la Administración Aduanera y el Sector privado; Que sobre el particular, el Perú es una de las 21 economías miembro de APEC y ha venido participando activamente en las reuniones realizadas por dicho Foro en los últimos años, constituyendo un mecanismo de importancia para el Perú en su promoción del comercio exterior; Que la región APEC ha representado para el Perú un mecanismo de promoción de su comercio exterior, permitiendo abrir sus mercados a través de la suscripción de Tratados de Libre Comercio con las economías miembros de APEC; Que de otra parte, la participación del Perú en las reuniones de APEC se enmarca en las acciones de promoción del comercio exterior de importancia para el Perú, asimismo permitirá profundizar las relaciones entre las Administraciones Aduaneras de las economías miembros, conocer los avances alcanzados en materia de liberación y facilitación del comercio, de innovación tecnológica y desarrollo del recurso humano, así como reforzar los mecanismos de cooperación y asistencia técnica que coadyuven a facilitar y asegurar el comercio internacional entre las economías miembros; Que en tal sentido, considerando que las actividades que desarrolla el SCCP de APEC están enmarcadas en los objetivos institucionales de la SUNAT relacionados con la facilitación comercial, reducción del fraude aduanero, prevención y represión del contrabando y el tráfi co ilícito de mercancías, así como también importan acciones de promoción de importancia para el Perú, mediante Ofi cio Nº 192-2011-SUNAT/300000 de la Superintendente Nacional Adjunta de Aduanas, se ha designado al señor Willian Franklin Ubillús Mauricio, Profesional II de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, a la señorita María Esther Mamani Aller, Ofi cial Aduanero III de la Ofi cina de Ofi ciales de la Intendencia de Aduana Postal del Callao, y al señor Rubén Jorge Cuba Echevarría, Profesional I de la División de Valoración y Verifi cadoras de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, para que participen en la Segunda Reunión del SCCP y reuniones relacionadas, el Diálogo Aduanas-Sector Privado y la Reunión Conjunta Grupo Movilidad Empresarial, del 16 al 20 de setiembre de 2011; y al citado señor Rubén Jorge Cuba Echevarría, para que participe en la Tercera Reunión del Comité de Comercio e Inversión-Diálogo de Política Comercial sobre Resoluciones Anticipadas, el 21 de setiembre de 2011; Que el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdo comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, que autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que en consecuencia, siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los citados trabajadores, de acuerdo a las fechas indicadas en la parte resolutiva de la presente Resolución; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29626, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Willian Franklin Ubillús Mauricio, Profesional II de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera y de la señorita María Esther Mamani Aller, Ofi cial Aduanero III de la Ofi cina de Ofi ciales de la Intendencia de Aduana Postal del Callao, del 15 al 21 de setiembre de 2011; y del señor Rubén Jorge Cuba Echevarría, Profesional I de la División de Valoración y Verifi cadoras de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, del 15 al 22 de setiembre de 2011, a la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2011 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Willian Franklin Ubillús Mauricio Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 2 087,18 Viáticos US$ 1 320,00 Señorita María Esther Mamani Aller Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 2 087,18 Viáticos US$ 1 320,00 Señor Rubén Jorge Cuba Echevarría Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 2 087,18 Viáticos US$ 1 540,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 756277-3