Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2012 (25/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul General del Peru en Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte. Articulo 2º.Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Articulo 3º.- La fecha de termino de funciones sera fijada mediante Resolucion Viceministerial. Articulo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

Articulo 3º.- Lista de peritos en materia de seguridad y salud en el trabajo El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de acuerdo a lo establecido en el articulo 7º de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo, conforma una lista de peritos en seguridad y salud en el trabajo con el objeto de emitir informes tecnicos a la inspeccion del trabajo, cuando esta lo requiera. El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo regula mediante resolucion ministerial los requisitos para acceder a la lista de peritos, los criterios de eleccion, y la forma de contratacion y pago de honorarios; sin perjuicio de las reglas especiales en la inspeccion de las actividades de energia y minas, las que se financian con el arancel de fiscalizacion establecido en la Ley. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Organos competentes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo La Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Metropolitana es el organo competente para los efectos de lo referido en el articulo 1º del presente Decreto Supremo en el ambito nacional. La Direccion General de Inspeccion del Trabajo es el organo competente para expedir las ordenes de inspeccion sobre las materias transferidas. Segunda.- Referencias Normativas Toda referencia a las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia de seguridad y salud en el trabajo transferidas del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN por la Ley Nº 29783, se entiende efectuada al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Tercera.- Normas complementarias Mediante resolucion ministerial el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo emite las disposiciones complementarias del presente Decreto Supremo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Plazos y procesos de fiscalizacion y sancion Los plazos administrativos relativos a los procedimientos o actos de supervision, fiscalizacion y sancion, relacionados con las materias transferidas, iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la Ley Nº 29783, referidas en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, se consideran prorrogados hasta el 30 de MORDAZA de 2012; sin perjuicio de que la Autoridad Administrativa de Trabajo resuelva de manera anticipada. Segunda.- Normas aplicables en los procedimientos de fiscalizacion y sancion transferidos Los procedimientos de sancion, referidos en la primera disposicion complementaria transitoria del presente Decreto Supremo, continuan regulados por las normas, sustantivas y procedimentales, con la que se iniciaron. En el caso de los actos de fiscalizacion que a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29783, no hubiesen derivado en un procedimiento de sancion, les resulta aplicables la Ley Nº 28806 y sus normas reglamentarias. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de febrero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Normas reglamentarias para la aplicacion de las atribuciones de supervision, fiscalizacion y sancion transferidas del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
DECRETO SUPREMO Nº 009-2012-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo se dispone, entre otras materias, que la fiscalizacion sobre las normas de seguridad y salud en el trabajo en las actividades de Energia y Minas se transfiere del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, se requiere emitir una MORDAZA reglamentaria que disponga la aplicacion de las atribuciones de supervision, fiscalizacion y sancion transferidas del OSINERGMIN al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- De las funciones transferidas en materia de seguridad y salud en el trabajo por la Ley Nº 29783 Precisese que las competencias transferidas del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo son las relativas a la supervision, fiscalizacion y sancion de las normas de seguridad y salud en el trabajo de las actividades de energia y minas. Las normas de energia y minas no vinculadas con las obligaciones o derechos laborales sobre seguridad y salud en el trabajo no son competencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respecto a las funciones transferidas, ejerce las atribuciones de supervision, fiscalizacion y sancion en ambito nacional, a traves de sus organos de linea correspondientes. Articulo 2º.- Aranceles por fiscalizacion Los aranceles que cobra el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo por la funcion de fiscalizacion referida en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, se MORDAZA por las empresas supervisadas dentro del plazo de quince (15) dias calendario, contados desde la notificacion de la liquidacion realizada por el Ministerio por la(s) fiscalizaciones realizadas durante el semestre fiscal correspondiente. El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprueba mediante Decreto Supremo los aranceles, conforme a las competencias establecidas en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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Aprueban Directiva General Nº 002-2012MTPE/4, "Procedimiento de Seleccion de Candidatos a ser Contratados bajo la Ley que regula la Contratacion de Personal Altamente Calificado en el Sector Publico del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 047-2012-TR
MORDAZA, 8 de febrero de 2012

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