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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (25/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de febrero de 2012 461423 Guillermo Hidalgo Palomino en el cargo de confi anza de Director de Transferencia Tecnológica, Nivel D-4 del Instituto Peruano de Energía Nuclear. Artículo Segundo.- Designar a partir del 27 de Febrero de 2012, al Eco. Carlos Alfredo Espinoza Alegría en el cargo de confi anza de Director de Transferencia Tecnológica, Nivel D-4 del Instituto Peruano de Energía Nuclear. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente Instituto Peruano de Energía Nuclear 756764-1 Designan Director de Investigación y Desarrollo del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 051-12-IPEN/PRES Lima, 24 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia N° 084-07- IPEN/PRES de fecha 27 de abril de 2007, se designó al Ing. Carlos Sebastian Calvo en el cargo de confi anza de Director de Investigación y Desarrollo, reservándose su plaza de origen; Que, mediante carta de fecha 13 de mayo de 2009, el mencionado profesional pone su cargo a disposición, lo cual de acuerdo a lo señalado por la Ley N° 27594, equivale a una renuncia al cargo; Que, la Presidencia considera necesario efectuar acciones de personal; De conformidad con el artículo 3° de la Ley N° 27594, que regula la participación de Poder Ejecutivo en la designación de Funcionarios Públicos y los artículos 9° y 10° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM; Con el visto de la Directora Ejecutiva, de la Directora de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar a partir del 27 de febrero de 2012, la renuncia del Ing. Carlos Sebastian Calvo en el cargo de confi anza de Director de investigación y Desarrollo, quien retornará a su plaza de origen. Artículo Segundo.- Designar a partir del 27 de febrero de 2012 al Licenciado Fernando Hidalgo Palomino en el cargo de confi anza de Director de investigación y Desarrollo, del Instituto Peruano de Energía Nuclear. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 756764-2 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban el Procedimiento Técnico COES PR-25 “Factores de Indisponibilidades de las Unidades de Generación” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 025-2012-OS/CD Lima, 23 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28832, “Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica“, estableció en su Artículo 12º la fi nalidad del Comité de Operación Económica del Sistema (COES) con relación a la programación de la operación del Sistema Interconectado Nacional (SEIN), mientras que en el ítem b) de su Artículo 13º estableció como función del COES el elaborar los procedimientos para la operación del SEIN y administración del Mercado de Corto Plazo; asimismo, en los ítems c) y f) de su Artículo 14º se señala, entre otros aspectos, que el COES debe coordinar la operación en tiempo real del SEIN y calcular la potencia y energía fi rme de cada una de las unidades generadoras; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM, publicado el 03 de mayo de 2008, se aprobó el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (Reglamento COES), cuyo Artículo 27º detalla, entre otras, las funciones señaladas en el considerando anterior; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 476- 2008-OS/CD se aprobó la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos” (en adelante la “Guía), elaborada de conformidad con los Artículos 5º y 6º del Reglamento COES, estableciéndose en aquella el proceso y los plazos que deben seguirse para la aprobación de los Procedimientos Técnicos del COES; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 322-2001- EM/VME, se aprobó el Procedimiento Técnico COES PR- 25 “Indisponibilidades de las Unidades de Generación” (en adelante “PR-25”); Que, el COES a través de la carta COES/D-356-2011 remitió como propuesta una nueva versión del PR-25, dando inicio al proceso para la aprobación de dicho procedimiento por parte OSINERGMIN; Que, de conformidad con el numeral 8.1 de la Guía, OSINERGMIN mediante Ofi cio Nº 0606-2011-GART remitió al COES las observaciones a la propuesta, dándole un plazo de veinte (20) días hábiles para subsanar las mismas, el cual fue ampliado en diez (10) días hábiles adicionales, conforme a lo solicitado por el COES mediante la carta COES/D- 446-2011. En este sentido, el COES subsanó dichas observaciones y presentó una propuesta modifi cada; Que, habiéndose recibido del COES la subsanación de las observaciones, mediante la carta COES/D-478-2011, se publicó mediante Resolución OSINERGMIN Nº 212-2011- OS/CD el proyecto del nuevo PR-25, de conformidad con lo establecido en el numeral 8.3 de la Guía y en el Artículo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Que, la Resolución OSINERGMIN Nº 212-2011-OS/CD otorgó un plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación, a fi n de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria; Que, los comentarios y sugerencias presentados por las empresas Kallpa Generación S.A., Enersur S.A., Electroperú S.A. y Edegel S.A.A., y el Sr. Alipio Ponce Vasquez, han sido analizados en el Informe Técnico GFE-UGSEIN-21- 2012, y previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º del Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM, se han acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la norma, correspondiendo la aprobación fi nal del PR-25; Que, se ha emitido el Memorando GFE-2012–159 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica y el Informe Legal Nº 058-2012-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Procedimiento Técnico COES PR-25 “Factores de Indisponibilidades de las Unidades de Generación”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente