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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (25/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de febrero de 2012 461410 VISTO: El Ofi cio Nº 214-2012-MTPE/4/12 de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, tiene como fi nalidad el regular la contratación de profesionales altamente califi cados para ocupar puestos en entidades públicas del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 29806, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, establece que los sectores que soliciten la contratación de personal altamente califi cado deben contar previamente con un procedimiento de selección de candidatos a ser contratados bajo esta modalidad; Que, mediante el Memorando Nº 107-2012-MTPE/4, la Secretaria General dispone que la Ofi cina General de Recursos Humanos elabore un proyecto de directiva general que regule el procedimiento para la selección de candidatos a ser contratados bajo los alcances de la Ley Nº 29806; Que, en mérito a lo expuesto se hace necesario dictar los lineamientos internos para la implementación de la contratación de personal altamente califi cado en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva General Nº 002-2012- MTPE/4, “Procedimiento de Selección de Candidatos a ser Contratados bajo la Ley que regula La Contratación de Personal Altamente Califi cado en el Sector Público del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución y de la Directiva General aprobada, en el Portal Electrónico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 756468-1 Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de diversos organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 058-2012-TR Lima, 24 de febrero de 2012 VISTOS: El Informe Nro. 027-2012-DVMPEMPE/TP-DP, de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando Nro. 200-2012-DVMPEMPE/TP-OPPM de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe Nro. 59-2012-DVMPEMPE/TP-UAL, de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, el Ofi cio Nro. 208-2012- MTPE/3/24.1, de la Directora Nacional del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (en adelante el Programa), es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, por Decreto Supremo N° 012-2011-TR se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo, desarrollar capacidades productivas y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005–Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria; Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisiciones de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicable al Programa “Construyendo Perú” continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa, precisándose de igual modo, en la Tercera Disposición Final Complementaria y Transitoria que, en tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa “Construyendo Perú” se continuarán ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demás documentos; Que, para el cumplimiento de sus fi nes, el Programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, el literal c) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, las transferencias fi nancieras del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, hoy Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; asimismo, el artículo 12º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza al Programa la realización de transferencias fi nancieras entre entidades durante el año fi scal 2012; Que, mediante Resolución Ministerial N° 371-2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011-TR, se aprueba la Directiva “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; Que, mediante Resolución Directoral N° 068-2011- DVMPEMPE/CP se aprueba la intervención del Programa, mediante el concurso de Proyectos Regulares 2012-I, por la suma de S/. 42 000 000.00 (Cuarenta y dos millones y 00/100 nuevos soles) relacionados al componente generación de empleo temporal y al componente capacitación para el desarrollo personal y social; Que, mediante Resolución Directoral N° 070-2011- DVMPEMPE/CP, se aprueba el Manual de Procedimientos de Priorización del Concurso de Proyectos Regulares 2012- I, el Manual para la Evaluación de Viabilidad de Proyectos dirigido a Evaluadores Externos y el Instructivo para la Asistencia Técnica y el Banco de Perfi les de Proyectos; Que, mediante Resolución Directoral N° 071-2011- DVMPEMPE/CP y sus modifi catorias, se aprobaron las bases para el Concurso de Proyectos Regulares 2012-I; Que, mediante Memorando Nro. 150-2012-DVMPEMPE/ TP-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos remite el cuadro consolidado de convenios suscritos del Concurso de Proyectos Regulares 2012-I; Que, mediante Memorando Nro. 200-2012-DVMPEMPE/ TP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 079-2012-MTPE/4/11 por el monto total de S/. 2 496 204.00 (Dos millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos cuatro y 00/100 nuevos soles); Que, mediante el Informe Nro. 027-2012-DVMPEMPE/TP- DP, la Dirección de Proyectos del Programa comunica a la Directora Nacional, la Certifi cación de Crédito Presupuestario otorgada por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, para la transferencia del rubro OTROS, por un monto total de S/. 2 496 204.00 (Dos millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos cuatro y 00/100 nuevos soles); Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Nacional, del