Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (25/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de febrero de 2012 461458 2. Reaprovechar.- Reutilizar. Volver a obtener un benefi cio del bien, artículo, elemento o parte del mismo que constituye residuo sólido. Se reconoce como técnica de reaprovechamiento el reciclaje, recuperación o reutilización. 3. Reciclaje.- Toda actividad que permite reaprovechar un RRSS mediante un proceso de transformación para cumplir su fi n inicial u otros fi nes. 4. Recolección selectiva de residuos sólidos.- Acción de recoger los residuos segregados en la fuente para transferirlos a través de un medio de locomoción apropiado para su posterior acondicionamiento y comercialización. 5. Residuos sólidos.- Son aquellas sustancias, productos u subproductos en estado sólidos o semisólido de los que su generador dispone, o está obligado a disponer. 6. Residuos sólidos domiciliarios.- Son aquellos residuos generados en las actividades domésticas realizadas en los domicilios, constituidos por restos de alimentos, periódicos, revistas, botellas, embalajes en general, latas, cartón, pañales descartables, restos de aseo personal y otros similares (clasifi cación según su origen). 7. Residuos sólidos inorgánicos.- Son llamados también residuos sólidos secos, como lo son: papel, cartón, plástico, vidrio, metales ferrosos (hechos de acero o hojalata) y no ferrosos (hechos de aluminio, cobre, bronce, otros). 8. Residuos sólidos orgánicos.- Son aquellos que fácilmente se descomponen como lo son: restos de alimentos, comida y poda de áreas verdes, 9. Residuos sólidos reaprovechables.- Aquellos residuos sólidos orgánicos e inorgánicos que pueden ser acondicionados para ser utilizados como insumo o materia prima para la elaboración de nuevos productos. 10. Segregación.- Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. Artículo Cuarto.- Benefi ciarios del ECOBONO Serán benefi ciados del 10% de descuento en el pago de arbitrios de limpieza pública -recojo de residuos sólidos- aquellos contribuyentes cuyos predios se encuentren destinados a casa habitación, que segregan sus residuos sólidos inorgánicos reaprovechables en sus viviendas y los entregan a los recicladores y/o EC-RS autorizados por la municipalidad, según la cantidad de los residuos que se generan, al menos una vez por semana. Para gozar del benefi cio, los referidos contribuyentes deberán encontrarse al día en el pago de Arbitrios (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo). Para efectos del control se considera puntual a aquel contribuyente que regularizó sus pagos hasta el día 15 de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre, y diciembre. El descuento en el pago que se refi ere en el artículo anterior será otorgado al siguiente bimestre Artículo Quinto.- Participación del contribuyente: La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública se encargará del empadronamiento permanente de las personas que participarán en el programa. El mecanismo de empadronamiento inicial se hará en las viviendas en la modalidad casa por casa, con el apoyo de personal encargado por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, mediante un credencial y con los miembros de las organizaciones de recicladores formalizados. En el empadronamiento de las personas, se recabarán los nombres y apellidos, código del contribuyente, dirección de la vivienda y fi rma del participante y/o de su representante. Para efectos del presente programa, se entenderá como representante, a la persona capaz de proporcionar los datos y acepte la entrega periódica de los residuos sólidos segregados. Posteriormente en cada vivienda empadronada se colocará un sticker que los identifi que como vivienda participante; el cual facilitará el recojo de los residuos sólidos segregados por parte de los recicladores y/o EC-RS autorizados por la municipalidad. Si el titular no desea participar o se retira del programa, lo hará saber al encuestador o reciclador, anotando el hecho en el padrón respectivo. Artículo Sexto.- Sensibilización y capacitación. La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública, se encargará de la sensibilización de los vecinos del distrito, capacitar a los miembros de las organizaciones de recicladores y/o EC- RS encargados de la recolección selectiva de los residuos y dictar las disposiciones para el buen funcionamiento del programa. La información brindada a los vecinos está relacionada a los horarios y días de recojo, así como los benefi cios del ECOBONO e información adicional de los benefi cios ambientales y sociales que conlleva el reaprovechamiento de los residuos. Artículo Sétimo.- De los encargados del recojo selectivo y la entrega de residuos sólidos segregados reciclables Los encargados de la recolección selectiva de residuos sólidos son los recicladores y/o EC-RS autorizados por el Municipio; quienes contarán con el padrón de participantes del programa de acuerdo a la zona programada. Los contribuyentes, participantes del programa de segregación, deberán entregar en la bolsa proporcionada por los recicladores y/o EC-RS los residuos sólidos inorgánicos reaprovechables, tales como: papel, cartón, plástico, vidrio, metales ferrosos (hechos de acero o hojalata) y no ferrosos (hechos de aluminio, cobre, bronce, otros) y proceder a fi rmar el registro de residuos sólidos entregados. Artículo Octavo.- Supervisión del servicio de recojo selectivo. La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública se encargará de la supervisión del servicio de recojo selectivo de residuos sólidos. Artículo Noveno.- Reporte de participación en el programa y aplicación del benefi cio Los recicladores y/o EC-RC autorizados por el Municipio para el recojo selectivo, deberán semanalmente remitir el registro de personas participantes, con las fi rmas de aquellos que hayan cumplido con la entrega de sus residuos segregados al reciclador autorizado por la Municipalidad, quienes lo reportarán a la Sub Gerencia de Limpieza Pública para su evaluación bimensual y determinar a los contribuyentes que estando registrados en el padrón de participantes, se encuentren hábiles para gozar del benefi cio tributario que otorga el ECOBONO. El descuento en el pago de Arbitrio de Limpieza Pública - recojo de residuos sólidos - se aplicará en el bimestre siguiente a su registro en el padrón de participantes del programa y a la verifi cación de la segregación de residuos. Para efectos de control interno, se considerará el cierre del padrón bimensual, hasta el día 15 de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre, y diciembre, fecha límite para contabilizar la entrega de los residuos sólidos segregados por los participantes a los recicladores. Para aplicar dicho descuento, los participantes, en el lapso que cada bimestre, deberán tener al menos el 75% de fi rmas acumuladas en los padrones de participantes del programa que llevan los recicladores encargados. No habrá rezagados o regularizaciones en la entrega, si esta no se efectuó en forma ordinaria, según el recorrido previsto para el servicio. Cada bimestre empieza con cero entregas. La Gerencia de Servicios a la Ciudad, hará llegar la relación de participantes hábiles del bimestre, a más tardar el día 17 de cada bimestre o el primer día hábil siguiente, si la fecha coincidiera con día feriado no laborable, para que la Sub Gerencia de Informática, efectúe el cruce de información de dicho padrón y fi ltre a los contribuyentes que cumplen la condición de puntualidad en el pago de sus Arbitrios por sus predios dedicados al uso casa habitación, y hayan cancelado dentro del plazo a que se refi ere el segundo párrafo del artículo noveno de esta Ordenanza. Dicho padrón de participantes, será entregado en forma física y a través de medio magnético, con copia a la Gerencia de Rentas. Aplicado el benefi cio, comunicará a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Contabilidad sobre los montos que han sido descontados, a fi n de efectuar el control contable del mismo. Artículo Décimo.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, la Gerencia de Rentas y las Sub Gerencias que la conforman, así como la Sub Gerencia de Contabilidad, la Sub Gerencia de Informática y demás Unidades Orgánicas pertinentes, dar cumplimiento a la presente Ordenanza, a Secretaría General su publicación y a Secretaría de Imagen Institucional su divulgación y difusión de sus alcances. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Para el inicio del Programa se considerará el siguiente cronograma