Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2012 (25/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

461456

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de febrero de 2012

Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias y contribuciones dentro de los limites establecidos por la Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, asimismo el citado articulo menciona que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por la Municipalidades distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia. Que, el articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualizacion de valores de predio por las Municipalidades, sustituye la obligacion de presentar la declaracion jurada anualmente. Que, la Cuarta Disposicion Final de la precitada MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al primero de enero de cada ejercicio. Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes del Distrito de San MORDAZA, por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y distribucion a domicilio de la Declaracion Jurada y Liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2012; fijandose en S/. 2.16 (Dos y 16/100 Nuevos Soles), el monto que deben abonar los contribuyentes por dicho derecho, estableciendose asimismo que los contribuyentes abonaran S/. 0.36 (Treinta y Seis Centimos de MORDAZA Sol) por cada predio anexo o adicional que posean. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA SOBRE DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION A DOMICILIOS DE LA DECLARACION JURADA Y LIQUIDACION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2012
Articulo Primero.- Apruebese la Estructura de Costos (Anexo I) y el Informe Tecnico de Distribucion del Costo y la Estimacion de Ingresos que por concepto del Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion del Tributo y Distribucion a domicilios de la Declaracion Jurada y liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, son parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Fijese en S/ 2.16 (Dos y 16/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberan abonar los contribuyentes por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion del tributo y Distribucion a domicilios de la Declaracion Jurada y liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2012. Los contribuyentes deberan abonar, adicionalmente la suma de S/. 0.36 (Treinta y Seis Centimos de MORDAZA Sol) por cada predio anexo o adicional al que tenga por el derecho mencionado. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y la del Acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asi mismo, la informacion contenida en la presente ordenanza se encontrara en la pagina Web (www.sat.gob.pe) del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- Derogar la Ordenanza Nº 472-MSB Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ANEXO 01 ESTRUCTURA DE COSTOS - DERECHO DE COSTO DE EMISION EJERCICIO 2012 UNIDAD MEDIDA COSTO UNITARIO % DEDICAC COSTO TOTAL 90,114.98 6,412.16 1 1 1 1 persona persona persona persona 1,897.20 1,897.20 1,897.20 4,097.20 50% 90% 90% 50% 948.60 1,707.48 1,707.48 2,048.60 83,702.82 181.20 21.62 83,500.00 969.68 845.38 845.38 124.30 124.30 91,084.66 100.00

CONCEPTO COSTOS DIRECTOS COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA (*) Personal Contratado (CAS) Depurador de la base de datos Analista de Registros Verificador de registros Analista de la Gerencia de Tecnologias de la Informacion OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES Materiales Toner Papel Servicios de terceros Servicio de impresion COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA Personal Nombrado Jefe de Unidad de Servicio y Orientacion Tributaria GASTOS INDIRECTOS Y ADMINISTRATIVOS Otros Movilidad

CANTID

% 98.94

1 1 1

unidad millar servicio

453.00 21.62 83,500.00

40% 100% 100%

1.06

1

persona

5,635.87

15%

1

recibo

124.30

100%

TOTAL GENERAL (*) Se esta considerando la dedicacion promedio del personal de cada area operativa.

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