Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2012 (25/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES
ESTIMACION DE INGRESOS 2012

461457

CONCEPTO Cuponera (Parte permanente) Valor por predio (Parte variable) Totales 756770-1

FORMATOS 36,965 68,137

COSTO x UNIDAD 1.80 0.36 2.16

INGRESO 66,537.00 24,529.32 91,066.32

%

100.00

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Establecen el MORDAZA de Incentivo "ECOBONO" a favor de contribuyentes de uso MORDAZA habitacion que participan en el programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios
ORDENANZA Nº 229
San MORDAZA de Lurigancho, 16 de febrero de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO, el Memorandum N° 168-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe N° 057-2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe N° 0412012-GSC/MDSJL de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y el Informe Nº 045-2012-GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, igualmente, el articulo 195º sostiene que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el articulo 1º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva; Que, el articulo 43º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece que las autoridades sectoriales y municipales estableceran condiciones favorables que directa o indirectamente generan un beneficio economico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimizacion o segregacion de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, entre otros; Que, articulo 8º del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, senala; que la municipalidad tanto provincial como distritales es responsable por la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario comercial y aquellos similares a estos originados por otras actividades, correspondiendo como municipalidad distrital asumir lo dispuesto en el numeral 2 incisos a), b), c), d), e), f) y g); Que, el articulo 7º de la Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, senala que los gobiernos locales implementan programas de incentivos a la segregacion en la fuente, los cuales pueden incluir compensacion a los contribuyentes a traves de la reduccion del pago de tarifas o la entrega de bienes o servicios a menos costo o de forma gratuita, como parte de programas de certificacion ambiental de empresas o instituciones en general; Que, el articulo 47º del Reglamento de la Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, Ley Nº 29419, senala que la municipalidad establecera progresivamente un MORDAZA de

incentivo a los vecinos que participan del Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos reaprovechables y los entregan a los recicladores autorizados por la Municipalidad, segun la cantidad de los residuos que se producen, al menos una vez por semana; Que, el articulo 60° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, se precisa que las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la ley; Que el anexo N° 02 "Metas que deben cumplir las Municipalidades", del Decreto Supremo N° 004-2012-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2012, establece que se debe implementar un programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios; Que, el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios, tiene como objetivo lograr el desarrollo de un modelo integral para el reaprovechamiento de los residuos solidos inorganicos segregados en la fuente, como base de la cadena productiva del reciclaje, permitiendo: 1) Generar la inclusion social de los recicladores a traves de puestos de trabajo dignos, 2) Preservar los recursos naturales, 3) Desarrollar una cultura ambiental en los ciudadanos, 4) Reducir el costo de la prestacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos, 5) Reducir el alto indice de morosidad por el pago de arbitrios, y 6) Incrementar la MORDAZA util de los rellenos sanitarios, reduciendo la disposicion final de los residuos solidos; Estando a lo expuesto y a lo opinado en el Informe N° 057-2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe N° 041-2012-GSC/MDSJL de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MORDAZA DE INCENTIVO, "ECOBONO" A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DE USO MORDAZA HABITACION, QUE PARTICIPAN EN EL PROGRAMA DE SEGREGACION EN LA FUENTE Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS.
Articulo Primero.-Finalidad Aprobar la aplicacion del incentivo tributario, denominado ECOBONO a favor de los contribuyentes de uso MORDAZA habitacion que participan en el programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios. Articulo Segundo.-Objetivo Promover el reaprovechamiento de los residuos solidos a traves del reciclaje en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, mediante la implementacion y aplicacion de incentivos tributarios, a favor de los contribuyentes de uso MORDAZA habitacion que participen segregando sus residuos solidos inorganicos reaprovechables y entregandolos a los recicladores y/o EC-RS autorizados por la municipalidad. Articulo Tercero.- Definiciones Para la mejor aplicacion operativa de la presente Ordenanza, se consideraran las siguientes definiciones: 1. Empresa comercializadora de residuos solidos (EC-RS).- Persona juridica que desarrolla actividades de comercializacion de residuos para su reaprovechamiento.

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