Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2012 (25/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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en Av. Miraflores Nº 837, distrito y provincia de MORDAZA, y departamento de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza N°480-MSB de la Municipalidad de San MORDAZA que fija monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2012
ACUERDO DE CONCEJO Nº 376
MORDAZA,16 de febrero de 2012 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de febrero del 2012, el Oficio Nº 001-090-00006566 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N°480-MSB que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de San Borja. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 27 de junio del 2011, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con caracter de Declaracion Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitio el Informe Tecnico Legal N° 004-18100000455 opinando que procede la ratificacion solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio del 2011, debiendose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que dicha Municipalidad Distrital preve percibir, producto de la emision mecanizada de los citados arbitrios, cubre el 99.98% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº26-2012-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N°480-MSB que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de San MORDAZA, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidas en el MORDAZA legal para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion; asi como del texto integro de la Ordenanza N°480MSB y sus anexos que contienen los MORDAZA de estructura de costos y de estimacion de ingresos. La aplicacion de la Ordenanza materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Borja. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion Tributaria-SAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Fijan monto de remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional de Ucayali para el periodo 2012
ACUERDO Nº 013-2012-GRU/CR
Pucallpa, 27 de enero del 2012 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesion Ordinaria de fecha 24 de Enero del 2012, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobo el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- FIJAR la Remuneracion Mensual del senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para el periodo 2012, en la suma de 5.5 de la Unidad de Ingreso del Sector Publico que equivalen a la suma de S/. 14,300.00 nuevos soles mensuales, conforme lo senala el articulo 4º de la Ley Nº 28212, la que se MORDAZA efectiva a partir de enero del presente ano Segundo.- FIJAR la Remuneracion Mensual del senor Vicepresidente del Gobierno Regional de Ucayali para el periodo 2012, en la suma 5.0 de la Unidad de Ingreso del Sector Publico que equivalen a la suma de S/. 13,000.00 nuevos soles mensuales, conforme lo senala el articulo 4º de la Ley Nº 28212, concordante con la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto para el Sector Publico para el ano Fiscal 2011; la que se MORDAZA efectiva a partir de enero del presente ano; Tercero.- FIJAR en la suma de S/. 4,290.00 nuevos soles mensuales, el importe que por concepto de Dietas deberan percibir los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Ucayali para el periodo 2012, en aplicacion del articulo 5.2 del D.U. Nº 038-2006 que fija en el 30% de la remuneracion del Presidente, en las dietas que deben percibir; la que se MORDAZA efectiva a partir de enero del presente ano; Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Sistemas su difusion a traves del MORDAZA web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe); Quinto.- DISPENSAR del tramite de Comisiones, lectura y aprobacion del acta. POR TANTO: Mando se publique y cumple. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero delegado Consejo Regional

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