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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2012 (11/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de julio de 2012 470321 Artículo 3.- Acreditación de los representantes del Grupo de Trabajo Los representantes del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio- ambiental existente en la provincia de Espinar” señalados en el artículo 2 de la presente resolución, deberán contar con un representante alterno; siendo ambos representantes, titular y alterno, acreditados mediante comunicación escrita del titular de la entidad, organización u empresa, de corresponder, dirigida a la coordinación de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro de los cinco (5) días hábiles, computados desde el día la publicación de la presente resolución. Artículo 4.- De la Presidencia del Grupo de Trabajo. La Presidencia del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio- ambiental existente en la provincia de Espinar”, es colegiada y está integrada por las siguientes autoridades: - El Ministro del Ambiente; - El Presidente del Gobierno Regional del Cusco; - El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar. Artículo 5.- De la Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio-ambiental existente en la provincia de Espinar” estará a cargo de proponer reglamento para el debido funcionamiento de las sesiones de trabajo, convocar a las reuniones de la mesa de diálogo y operativizar los acuerdos que se deriven de la misma. Dicha Secretaría está conformada por un representante de la cada una de las siguientes entidades: - Ministerio del Ambiente. - Ministerio de Energía y Minas; - Gobierno Regional del Cusco; - Municipalidad Provincial de Espinar. El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio-ambiental existente en la provincia de Espinar”, podrá incorporar a un representante de las organizaciones sociales de Espinar, para que se integre a la Secretaría Técnica. Artículo 6.- De los Subgrupos de Trabajo. Para el desarrollo de las actividades específi cas del Grupo de Trabajo “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio-ambiental existente en la provincia de Espinar”, se conformarán tres subgrupos de trabajo: a) De medio ambiente, b) De responsabilidad social; y, c) De desarrollo y Producción Artículo 7.- De los Subgrupos de Trabajo. 7.1 El Subgrupo de Trabajo de Medio Ambiente, tiene como objetivo proponer y desarrollar un Plan de Integrado de Intervención Sanitaria y Ambiental en la provincia de Espinar. Será coordinado por el Ministerio del Ambiente. 7.2. El Subgrupo de Trabajo de responsabilidad social, tiene como objetivo identifi car, proponer e impulsar un conjunto de medidas que propicie la mejora de la calidad de vida de la población de la provincia de Espinar, en especial de las poblaciones que se ubican en los ámbitos de infl uencia de los proyectos mineros. Será coordinada por el Ministerio de Energía y Minas. 7.3. El Subgrupo de Trabajo de desarrollo y producción, tiene como objetivo identifi car, proponer e impulsar un conjunto de medidas para mejorar el desarrollo y actividades productivas en la provincia de Espinar. Será coordinada por el Gobierno Regional de Cusco. La conformación y propuestas de los Subgrupos de Trabajo serán aprobadas por consenso por la Presidencia del Grupo de Trabajo. Artículo 8.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio-ambiental existente en la provincia de Espinar” y los Subgrupos que la conforman, podrán solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de los representantes de las entidades públicas y privadas; para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fi nes. Artículo 9.- Gastos El funcionamiento del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio- ambiental existente en la provincia de Espinar” no irrogará gastos adicionales al Estado. Artículo 10.- De la vigencia y presentación de informe. El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio-ambiental existente en la provincia de Espinar” tendrá una vigencia de nueve (9) meses, contado desde su instalación. Al culminar el encargo conferido, el Grupo de Trabajo presentará al titular del ministerio del Ambiente un informe fi nal que contemple las medidas tomadas durante su vigencia, así como un proyecto de Plan de Acciones de mediano y largo plazo, que permitan asegurar la sostenibilidad sanitaria y ambiental en la provincia de Espinar. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 812696-1 AGRICULTURA Designan Coordinador que hará las veces de Oficial de Seguridad de la Información del Ministerio de Agricultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0231-2012-AG Lima, 6 de julio de 2012 VISTOS: El memorando Nº 1436-2012-AG-OA de fecha 14 de junio de 2012 y el Informe Técnico emitido por el Director de la Unidad de Tecnología de la Información Nº 01 de junio de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 604 se creó el Sistema Nacional de Informática, con el fi n de normar y organizar las actividades y proyectos que en materia de Informática realizan las instituciones públicas del Estado; Que, el citado decreto legislativo, señala que el Sistema Nacional de Informática, está integrado por las Ofi cinas Sectoriales de Informática y demás Ofi cinas de Informática de los Ministerios, de los Organismos Centrales, Instituciones Públicas Descentralizadas y Empresas del Estado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 129-2012- PCM, se aprueba el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana “NTP-ISO/IEC 27001: 2088 EDI tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de gestión de seguridad de la Información. Requisitos” en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática, y establece que cada entidad designará un coordinador que hará las veces de ofi cial de seguridad de la información, hasta la adecuación de su estructura organizacional donde se incorpore esta función que deberá realizarse mediante resolución del Titular de cada Entidad, hasta antes del inicio de la fase uno (Organización); De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de agricultura- Decreto Legislativo Nº 997, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031- 2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Carlos Mario Vega Flores como Coordinador encargado de realizar las gestiones necesarias con la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) para la implementación