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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de julio de 2012 470327 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO N° 120-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 21021 se crea la Caja de Pensiones Militar-Policial (CPMP) con personería jurídica de Derecho Público Interno, para administrar el pago de Compensaciones y Pensiones del personal militar y policial perteneciente al régimen del Decreto Ley N° 19846; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 059-2011 se dictaron medidas extraordinarias y urgentes para, entre otros, el cumplimiento de las obligaciones pensionarias a cargo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, estableciendo para tal fi n en el artículo 2° de dicha norma, la constitución en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, del “Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial”, por la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 584 000 000,00), recursos de carácter intangible y permanente, destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales de la CPMP; disponiéndose además en el citado artículo que la atención de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP se fi nancian complementariamente con cargo a los recursos del Fondo Especial, a partir del mes de enero hasta el 31 de diciembre de 2012; Que, para efecto del uso de los recursos del citado Fondo Especial, en el artículo 3° del mencionado Decreto de Urgencia se señala que la CPMP remite al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior la documentación administrativa sustentatoria, dentro de la que se deberá considerar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente de cada pensionista y el monto de las planillas de pensiones del régimen del Decreto Ley N° 19846 para el trimestre respectivo; para que, a su vez, dichos Ministerios soliciten al Ministerio de Economía y Finanzas gestionar las transferencias de recursos con cargo al referido Fondo Especial, las cuales se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior, y se registran en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante los Ofi cios N° 754-2012-IN-0101 y N° 1234-2012-MINDEF/MD, los señores Ministros del Interior y de Defensa solicitan conforme a lo dispuesto por los artículos 2° y 3° del Decreto de Urgencia N° 059-2011, se autoricen los recursos necesarios para fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP, correspondiente al tercer trimestre del presente año, por la suma total de NOVENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 037 769,00), correspondiendo la cantidad de CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 242 745,00) a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior, y la cantidad de CINCUENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 52 795 024,00) a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación de los citados recursos hasta por la suma de NOVENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 037 769,00), vía Crédito Suplementario para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial, los montos necesarios para complementar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar - Policial, correspondiente al tercer trimestre del año 2012; Que, cabe indicar que mediante los Decretos Supremos Nºs. 007-2012-EF y 057-2012-EF se autorizaron las incorporaciones de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 114 962 364,00 y S/. 85 555 400,00, para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial, los montos necesarios para complementar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar- Policial, correspondiente al primer y segundo trimestre del año 2012, respectivamente, de conformidad con los Artículos 2º y 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011; Que, la Caja de Pensiones Militar-Policial viene cumpliendo con remitir la correspondiente información a que se refi ere el Artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011; De conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de NOVENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 037 769,00), para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, los montos necesarios para complementar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar- Policial, correspondiente al tercer trimestre del año 2012, en el marco de lo dispuesto por los Artículos 2º y 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial) 99 037 769,00 --------------------- TOTAL INGRESOS 99 037 769,00 =========== EGRESOS (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 001 : Ofi cina General de Administración ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5.000991 : Obligaciones Previsionales GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 46 242 745,00 -------------------- Subtotal UE 001 46 242 745,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 007 46 242 745,00 =========== PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 009 : Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5.000991 : Obligaciones Previsionales GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 52 795 024,00 -------------------- Subtotal UE 009 52 795 024,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 026 52 795 024,00 ============ TOTAL EGRESOS 99 037 769,00 ============