Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2012 (11/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470323

Formalizan instalacion y conformacion del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para analizar la problematica relacionada a las actividades de conservacion, manejo y aprovechamiento de la vicuna"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0236-2012-AG MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 1257-2012-AG-DGFFS(DGEFFS) emitida por Directora General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA y el Acta de Reunion de fecha 20 de enero de 2012, solicitada mediante Oficio N° 091/ACRIVIRC/2011, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 63º del Decreto Legislativo Nº 653, Ley de promocion de las inversiones en el sector agrario, declaro a la vicuna y el guanaco, especies de fauna MORDAZA sujetas a proteccion por el Estado y establecio que la crianza, al igual que la transformacion y comercializacion de sus productos, pueden ser efectuados por cualquier persona natural o juridica bajo supervision del Estado; Que, conforme al articulo 64º de la citada MORDAZA, el Estado garantiza a las comunidades campesinas, a las empresas campesinas asociativas y a otros propietarios de tierras en la region MORDAZA, el derecho a participar en la riqueza creada por la utilizacion racional de la vicuna y el guanaco, para lo cual se les entrega en custodia y usufructo, permitiendoseles el manejo y aprovechamiento de los hatos de vicunas y guanacos que se encuentren en sus tierras; Que, por Decreto Ley Nº 21080, se aprobo la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA MORDAZA - CITES, que regula el comercio internacional de especimenes de animales y plantas silvestres amenazadas, para garantizar su supervivencia; Que, el Apendice II de la referida Convencion, incluye a las poblaciones de vicunas y guanaco de Peru, en el que figuran las especies que sin estar necesariamente amenazadas de extincion podrian llegar a estarlo a menos que se controle estrictamente su comercio; Que, dentro del MORDAZA de transferencia de competencias, funciones y atribuciones, dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralizacion, se han transferido a diferentes Gobiernos Regionales las funciones especificas consideradas en el literal "p" del articulo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, relacionada con el manejo y aprovechamiento de camelidos sudamericanos en su fase ejecutiva, quedando como competencia del Gobierno Nacional, a traves de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, el aspecto normativo; Que, el 20 de enero de 2012, en las instalaciones del Ministerio de Agricultura, se llevo a cabo la reunion, solicitada mediante el documento del visto, con la participacion de los representantes de las asociaciones regionales de vicunas, el representante de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura y las autoridades de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, donde acordaron la conformacion de una Mesa de Trabajo para abordar temas relacionados a la conservacion, manejo y aprovechamiento de la vicuna y la problematica existente; Que, es necesario promover un espacio de dialogo, entre el Ministerio de Agricultura, las autoridades de los Gobiernos Regionales vinculados y organizaciones campesinas vinculadas al tema; orientado al trabajo conjunto que permita fortalecer las actividades de manejo, comercializacion y transformacion de la fibra de vicuna, el control y vigilancia de la especie; Que, el articulo 35° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que las Comisiones del Poder Ejecutivo son organos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalizacion, propuesta o emision de informes, que deben servir de base para

las decisiones de otras entidades. Para otras funciones que no MORDAZA las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, asimismo, el articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer politicas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, los recursos geneticos asociados en el ambito de su competencia, en concordancia con la Politica Nacional del Ambiente y la normativa ambiental; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Grupo de Trabajo Formalizar la instalacion y conformacion del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para analizar la problematica relacionada a las actividades de conservacion, manejo y aprovechamiento de la vicuna", entre las autoridades del Ministerio de Agricultura, los Gobiernos Regionales, las Comunidades Campesinas y las organizaciones beneficiarias vinculadas, con el objeto de promover un espacio de dialogo, que permita fortalecer las actividades de conservacion, manejo y aprovechamiento de la vicuna, el control y vigilancia de las mismas e impulsar alternativas de solucion a la problematica existente. Articulo 2º.- Integrantes El Grupo de Trabajo estara integrado por los representantes de las autoridades y organizaciones que se senalan a continuacion: - El Viceministerio de Agricultura, cuyo representante lo presidira. - La Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre. - La Direccion General de Competitividad Agraria. - Los Representantes de los Gobiernos Regionales, que ejercen las funciones especificas de promocion, asesoramiento y supervision del desarrollo, conservacion, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de las vicunas, establecidas en el literal "p" del articulo 51° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. - La Asociacion de Criadores de Vicunas de la Region MORDAZA - ACRIVIRC. - La Asociacion de Criadores de Vicunas de la Region MORDAZA - ACVIRA - La Asociacion de Criadores de Vicunas de la Region MORDAZA - ACRIVIRA - La Asociacion Regional de Criadores de Vicunas de la Region Junin- ARECRIV-J. - La Asociacion Nacional de Conservacionistas de Vicunas y Guanacos del Peru - ANGV. - La Asociacion Vicuna y Guanaco San MORDAZA y Aledanos - AVIGSCIA. - La Asociacion de Comunidades Criadoras de Vicuna de la Region MORDAZA - ACVIRA. - La Asociacion de Comunidades Usufructuarias de Vicunas y Guanacos del Departamento de MORDAZA ACCUVIGDA. - La Comunidad Campesina de Lucanas. - La Comunidad Campesina de Ondores. - La Comunidad Campesina de Rancas. - Multicomunal Tambo - Ayavi ­ Huaytara - La Confederacion Nacional de Comunidades Campesinas e Indigenas del Peru - CONACCIP. - La Sociedad MORDAZA de Interes Social - SAIS MORDAZA Amaru. La Presidencia del Grupo de Trabajo, podra invitar a otras organizaciones beneficiarias e instituciones vinculadas para que MORDAZA parte del citado Grupo de Trabajo. Articulo 3º.- Secretaria Tecnica La Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, ejercera la Secretaria Tecnica del Grupo de Trabajo.

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