Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2012 (19/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470877

Articulo Segundo.- ASIGNAR los procedimientos consignados en los items 8.08,8.10,8.12,8.13 y 8.14 a la Sub Gerencia de Autorizaciones Municipales por ser de su competencia de acuerdo a los establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion Local y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Sub Gerencia de Autorizaciones Municipales, en cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y el integro del Anexo 1 en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya direcciones Articulo Quinto.- DEROGUENSE los dispositivos legales que se contrapongan al presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 816034-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Reglamento que establece el Regimen de Extraccion de Materiales No Metalicos, ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras de la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2012-AL/MPB EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo del 11 de MORDAZA del 2012, el Proyecto de Ordenanza que establece el Regimen de Extraccion de Materiales de Construccion ubicados en los Alveos, Cauces de los MORDAZA y Canteras en la Jurisdiccion del Distrito de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, preceptuan que las Municipalidades son organos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y tienen rango de Ley, segun lo establecido en el numeral 4) del Articulo 200º de la indicada Carta Politica, correspondiendole al Concejo Municipal de conformidad con su funcion normativa, la aprobacion de la misma; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario - Decreto Legislativo Nº 816, y la Ley de Tributacion Municipal - Decreto Legislativo Nº 776, los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, los incisos 3) y 8) del Articulo 195º, de nuestra Constitucion Politica, establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local y son competentes para administrar sus bienes y rentas; asi como regular sus actividades en cuanto a su sustentabilidad de los recursos naturales conforme a Ley;

Que, el Art. VI del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos Locales promueven el desarrollo economico local, permitiendo a las Municipalidades obtener ingresos y adquirir capacidad economica, para financiar inversiones y explotar sus recursos naturales existentes en el ambito de su jurisdiccion; Que, el inciso 9) del Articulo 69º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como rentas municipales, los derechos por la extraccion de materiales de construccion, ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras localizadas en su jurisdiccion, conforme a Ley; Que, dicho articulado le otorga a las municipalidades la calidad de Renta, a la explotacion de los materiales que se extraen en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras; es decir corresponde a las municipalidades conceder no solo el permiso, sino, establecer el valor del derecho de extraccion, recursos que son asumidos como directamente recaudados por los Gobiernos Locales para inversion directa en sus propias jurisdicciones; Que, la Ley Nº 28221 - Ley Que Regula El Derecho Por Extraccion De Materiales De Los Alveos O Cauces De Los MORDAZA Por Las Municipalidades, prescribe que las municipalidades distritales y provinciales en su jurisdiccion, son competentes para autorizar la extraccion de materiales y percibir el derecho correspondiente, que no podra ser superior al derecho de vigencia que MORDAZA los concesionarios mineros no metalicos; Estando a lo dispuesto por el Articulo194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru y las facultades conferidas en el numeral 8) y 9) del Articulo 9º y los Articulos 39º y 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se APROBO la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- APROBAR, la Ordenanza que aprueba el "REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE EXTRACCION DE MATERIALES NO METALICOS, UBICADOS EN LOS ALVEOS, CAUCES DE LOS MORDAZA Y CANTERAS DE LA JURISDICCION DE LA MUNICIPALIDAD DEL PROVINCIAL DE BARRANCA" que consta de cuatro (4) capitulos, 21 articulos, seis (6) disposiciones finales y cuatro (4) complementarias. Articulo 2º.- PUBLIQUESE la presente MORDAZA local en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos (reglamento) en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Dado en la MORDAZA Municipal, a los 11 dias del mes de MORDAZA del 2012. Registrese, comuniquese y cumplase. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 816473-1

Aprueban modificacion del Plano de Zonificacion del distrito de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2012-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA: VISTO: En sesion Ordinaria de Concejo celebrada el dia 11 de MORDAZA del 2012 el Proyecto de "Ordenanza Municipal que Modifica la Zonificacion - Barranca", en el distrito Capital de la Provincia de Barranca". CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680 establece que las municipalidades provinciales

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