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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de julio de 2012 470860 equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 4, establece que los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, la Ley Nº 27293, de Creación del Sistema Nacional de Inversión Pública, tiene por fi nalidad optimizar el uso de los recursos públicos, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión pública. Que, por Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01- “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”-, precisando en el Capítulo II, Fase 1 “Preparación”, que el Presidente Regional, en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional, elevarán al Consejo Regional su correspondiente propuesta de Ordenanza Regional, la misma que deberá ceñirse a la secuencia prevista para dicho procedimiento, precisándose entre otros, los mecanismos de identifi cación y registro, cronograma de trabajo para el desarrollo de las acciones del Proceso Participativo y las responsabilidades de los agentes partícipes. Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, defi ne al Proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos y fortalece las relaciones Estado–Sociedad Civil. Para ello, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de sus presupuestos, en concordancia con sus Planes de Desarrollo Concertados, así como la Vigilancia y Fiscalización de la gestión de los recursos públicos. Asimismo, establece que la Sociedad Civil forma parte activa en el proceso de programación participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, en los gastos de inversión, siendo el Presidente Regional, responsable de informar y proveer la articulación y coordinación de los Presupuestos Participativos formulados por los Consejos de Coordinación Local y Regional de su ámbito, según las fases establecidas normativamente, atribuyendo en su Primera Disposición Complementaria, a los Gobiernos Regionales la responsabilidad de organizar los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno, respetando competencias, así como de procurar economías de escala, concertación de esfuerzos y coordinación de recursos. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ha elaborado el Proyecto de Ordenanza Regional que Convoca al Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013. Que, mediante Informe Nº 029-2012-GOREMAD/GGR, el Gerente General Regional, ha cumplido con remitir el proyecto mencionado precedentemente, a la Presidencia Regional, la misma que pone en conocimiento del Consejo Regional mediante Ofi cio Nº 758-2012-GOREMAD/ PR, derivándose, luego, el asunto a la Comisión de Presupuesto y Fiscalización del Consejo Regional. Que, mediante Dictamen Nº 011-2012-GOREMAD/ CPYF, la comisión referida en el considerando precedente, ha emitido su opinión favorable para la aprobación de la mencionada propuesta. Que, estando al Dictamen en mención, el Consejo Regional en pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto por unanimidad de los Consejeros Regionales, ha estimado aprobar el mismo. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- CONVOCAR, al Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Madre de Dios - Año Fiscal 2013, a que se contrae el Anexo Nº 01, que se adjunta y forma parte de la presente ordenanza regional. Artículo Segundo.- APROBAR, la Conformación del Equipo Técnico Regional del Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Madre de Dios - Año Fiscal 2013, responsable de la conducción de dicho proceso, que fi gura en el Anexo Nº 02, que se adjunta y forma parte de la presente ordenanza regional. Artículo Tercero.- APROBAR, el Reglamento del Proceso de Identifi cación y Acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Madre de Dios - Año Fiscal 2013, que consta de VII (siete) Títulos; 27 (veintisiete) Artículos; 03 (tres) Disposiciones Complementarias y 01 (una) Disposición Transitoria, el mismo que corre en el Anexo Nº 03 y que forma parte de la presente ordenanza regional. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, establezcan un cronograma y realicen las acciones pertinentes al periodo preparatorio del proceso citado; entendiéndose por tal, a la convocatoria, inscripción, admisión de proyectos declarados viables, planifi cación y adecuación en su etapa de ejecución, de conformidad con el procedimiento señalado en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los once días del mes de mayo del año dos mil doce. POR LO TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA Consejero Delegado Consejo Regional Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los once días del mes de mayo del año dos mil doce. JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 815849-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Autorizan a Procurador Público, Asesores Legales de la Dirección Regional de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa a no interponer recursos impugnatorios salvo en procesos en los que existan vicios procesales ORDENANZA REGIONAL Nº 07-2012-CR/GRM Fecha: 7 de junio del 2012 VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Nº 06-2012-CR/GRM, de fecha 07 de junio del 2012;