Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2012 (19/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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c) Solicitar la opinion de la Municipalidad Distrital en la cual se ubica el predio objeto de la Propuesta de Cambio de Zonificacion Especial, remitiendole el archivo digital (01 CD), para que en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario remita la opinion solicitada a la Municipalidad Metropolitana de Lima; de no remitir opinion dentro del plazo establecido, se considerara como opinion Favorable. Se exceptua del pedido de opinion a la Municipalidad Distrital, cuando sea esta la que formule las Propuestas de Cambio de Zonificacion. d) Solicitar a la Gerencia de Participacion Vecinal que efectue la Consulta Vecinal. La citada Gerencia debera efectuar la consulta vecinal en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario, conforme lo establecido en los articulos 8º y 9º de la presente Ordenanza, cuando se trate de Propuestas de Cambio de Zonificacion Especial. Concluida la verificacion y acopio de informacion, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves del Secretario Tecnico, remitira el expediente y archivo digital (CD) a la Comision Tecnica de Trabajo, para que se avoque a su evaluacion. Articulo 21º.- EVALUACION DE LA COMISION TECNICA DE TRABAJO La Comision Tecnica de Trabajo evaluara las Iniciativas de Cambios de Zonificacion, emitiendo el Informe correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el articulo 5º de la presente Ordenanza. Articulo 22º.- REMISION DE EXPEDIENTES Correspondera al Gerente de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, enviar los expedientes administrativos con todo lo actuado, a la Gerencia Municipal Metropolitana, con posterior remision a la Secretaria General del Concejo, para el Dictamen correspondiente de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura. La Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura, de considerarlo necesario, podra solicitar informes adicionales a otras dependencias de la Corporacion Municipal, segun la complejidad y especialidad del caso materia del Cambio de Zonificacion. Asimismo, facultativamente podra invitar al MORDAZA y/o representantes acreditados de las Municipalidades Distritales que considere necesarios, para aclarar los alcances de las Iniciativas de Cambios de Zonificacion Especial. Articulo 23º.- APROBACION DE LAS INICIATIVAS DE CAMBIO DE ZONIFICACION Las Iniciativas de Cambios de Zonificacion seran evaluadas por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, declarandolas favorables o desfavorables mediante Ordenanza. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Procedimientos de Cambio Especifico de Zonificacion en tramite La Municipalidad Distrital debera remitir los informes de opinion y el resultado de la consulta vecinal, de los expedientes ubicados en su jurisdiccion iniciados al MORDAZA de la Ordenanza Nº 620-MML, dentro de los 30 dias calendario de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Al termino del plazo senalado, de no haberse recibido las opiniones de las Municipalidades Distritales solicitadas, se considerara como opinion Favorable. Los expedientes sobre los cuales la Municipalidad Distrital no MORDAZA realizado el levantamiento de opinion vecinal, seran remitidos por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a la Gerencia de Participacion Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que efectue dicho levantamiento con el Formulario Unico de Consulta Vecinal y el resultado lo remita en el plazo MORDAZA de 15 dias de su recepcion, para su posterior remision a la Comision Tecnica de Trabajo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derogatoria Derogar el numeral 34.2 del Articulo 34º, de la Ordenanza Nº 620-MML y sus modificatorias, en tal sentido a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, los

tramites de Cambio de Zonificacion en la Provincia de MORDAZA se efectuaran de acuerdo al Cronograma aprobado y que forma parte de la presente Ordenanza. La presente Ordenanza se interpreta en el MORDAZA de la Ordenanza Nº 620-MML - Reglamentaria del MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de Planes Urbanos Distritales y Actualizacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana. Segunda.- Publicacion en la Pagina Web La presente Ordenanza, sus Anexos y Formatos seran publicados en la Pagina Web de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM que aprueba la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP. Tercera.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Encargado de la Alcaldia 816344-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones del Comite Multisectorial para la Promocion de los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente - COMUDENA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 18-2012-MDSJM-A San MORDAZA de Miraflores, 18 de junio del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTO: El Informe Nº 409-2012-GA-MDSJM, de fecha 18 de junio del 2012, de Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 49- 2012/ GDIS/MDSJM, de fecha 15 de junio del 2012, de Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, respecto al Reglamento de Organizacion y Funciones del Comite Multisectorial para la Promocion de los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente - COMUDENA del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, Ordenanza Municipal Nº 2242012-MDSJM, de fecha 01 de junio del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194° establece que las Municipales Provinciales, y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su Que, conforme lo dispone el Art 194° de la Constitucion Politica, en concordancia con el Art 2° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 73° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son materias de competencia municipal las senaladas explicitamente en la MORDAZA, entre ellas las referidas a los servicios sociales locales, en la que se difundira y

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