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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2012 471354 durante el período de facturación; b) el total de tiempo efi caz así calculado expresado en segundos se redondea al minuto superior; c) el total de pagos resulta de la multiplicación del tiempo efi caz expresado en minutos por el cargo vigente por transporte conmutado local. Numeral 5.- CARGO POR TRANSPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL DE AMÉRICA MÓVIL. El cargo urbano y rural por transporte conmutado de larga distancia nacional de AMÉRICA MÓVIL a ser aplicado en la presente relación de interconexión, es de US$ 0.05642 y US$ 0.01749 respectivamente, por minuto, tasado al segundo, sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Tráfi co liquidable.- La liquidación del tráfi co para la aplicación del cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional debe hacerse: a) sumando el total de tráfi co efi caz de cada una de las llamadas expresadas en segundos, ocurridas durante el período de facturación; b) el total de tiempo efi caz así calculado expresado en segundos se redondea al minuto superior; c) el total de pagos resulta de la multiplicación del tiempo efi caz expresado en minutos por el cargo vigente por transporte conmutado de larga distancia nacional. Numeral 6.- CARGO POR TRANSPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL DE AMERICATEL. El cargo urbano y rural por transporte conmutado de larga distancia nacional de AMERICATEL a ser aplicado en la presente relación de interconexión, es de US$ 0.02159 y US$ 0.00685 respectivamente, por minuto, tasado al segundo, sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Tráfi co liquidable.- La liquidación del tráfi co para la aplicación del cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional debe hacerse: a) sumando el total de tráfi co efi caz de cada una de las llamadas expresadas en segundos, ocurridas durante el período de facturación; b) el total de tiempo efi caz así calculado expresado en segundos se redondea al minuto superior; c) el total de pagos resulta de la multiplicación del tiempo efi caz expresado en minutos por el cargo vigente por transporte conmutado de larga distancia nacional. Numeral 7.- CARGOS POR ENLACES DE INTERCONEXIÓN. AMÉRICA MÓVIL y AMERICATEL implementarán enlaces de interconexión unidireccionales para cursar su propio tráfi co. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, cualquiera de las partes puede solicitar a un tercero, incluyendo la otra parte, la instalación de sus respectivos enlaces; en cuyo caso, los precios no podrán ser superiores a los establecidos mediante Resolución de Presidencia Nº 111-2007-PD/OSIPTEL. Numeral 8.- COSTOS DE ADECUACIÓN DE RED DE AMÉRICA MÓVIL. Los costos de adecuación de red que AMERICATEL deberá pagar por única vez por E1 a AMÉRICA MÓVIL son los siguientes: Costos de Adecuación de Red de AMÉRICA MÓVIL Rango E1 Costo / E1 (US$)* De Hasta Dpto Lima y Callao Otros Dptos 1 12 26,181.00 31,039.00 13 24 25,749.00 28,571.00 25 36 20,565.00 22,819.00 37 48 17,973.00 19,943.00 49 60 17,247.00 19,137.00 61 72 16,072.00 17,833.00 Más de 72 15,391.00 17,078.00 * Los precios señalados no incluyen el Impuesto General a las Ventas-IGV. Numeral 9.- COSTOS DE ADECUACIÓN DE RED DE AMERICATEL. Los costos de adecuación de red que AMÉRICA MÓVIL deberá pagar por única vez por E1 a AMERICATEL son los siguientes: Costos de Adecuación de Red de AMERICATEL Rango E1 Costo / E1 (US$)* De Hasta Dpto Lima y Callao 1 4 13,050.00 5 15 11,050.00 17 48 7,650.00 Más de 48 5,500.00 * Los precios señalados no incluyen el IGV. Numeral 10.- PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN, FACTURACIÓN Y PAGO. El procedimiento de liquidación, facturación y pago a ser aplicado en la presente relación de interconexión es el establecido en el Subcapítulo I -De las reglas aplicables al procedimiento de liquidación, facturación y pago-, del Capítulo IV-A -De las Reglas relativas a los procedimientos de liquidación, facturación, pago y suspensión de la interconexión- del TUO de las Normas de Interconexión. ANEXO 3 LIQUIDACIÓN DE CONDICIONES ECONÓMICAS Numeral 1.- COMUNICACIONES DESDE LA RED FIJA LOCAL DE AMERICATEL HACIA LA RED MÓVIL DE AMÉRICA MÓVIL, CUANDO AMBOS OPERADORES CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE ORIGEN DE LA COMUNICACIÓN. Las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y de teléfonos públicos, de AMERICATEL con destino a los usuarios de la red del servicio móvil de AMÉRICA MÓVIL, serán entregadas a AMÉRICA MÓVIL en un punto de interconexión ubicado en el departamento en donde se origina la llamada: a. AMÉRICATEL establecerá la tarifa de la presente comunicación. b. AMERICATEL cobrará la tarifa al usuario por la presente comunicación. c. AMERICATEL pagará a AMÉRICA MÓVIL el cargo urbano por terminación de llamadas en la red del servicio móvil. d. AMERICATEL tendrá derecho al saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa para la presente comunicación según lo establecido en el literal a. del presente numeral y (ii) el cargo percibido por AMÉRICA MÓVIL establecido en el literal c. del presente numeral. Numeral 2.- COMUNICACIONES DESDE LA RED FIJA LOCAL DE AMERICATEL HACIA LA RED MÓVIL DE AMÉRICA MÓVIL CUANDO AMBOS OPERADORES NO CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE ORIGEN DE LA COMUNICACIÓN. Las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y de teléfonos públicos, de AMERICATEL con destino a los usuarios de la red del servicio móvil de AMÉRICA MÓVIL, cuando ambos operadores no cuentan con interconexión directa en el área local de origen de la comunicación. AMÉRICATEL, a través de sus propios medios o a través de servicios prestados por terceros, deberá establecer la forma en que entregará la llamada en el punto de interconexión en la red del servicio móvil de AMÉRICA MÓVIL, la cual deberá ser comunicada a la referida empresa por AMERICATEL. En este escenario de comunicaciones: