Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2012 (26/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del Distrito de Ventanilla, los dias del mes de MORDAZA, con ocasion de conmemorarse el Aniversario de la Declaracion de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Fiscalizacion y Control, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Participacion Vecinal y Relaciones Comunitarias, Gerencia de Asentamientos Humanos, Organo Desconcentrado Sistema de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental y demas unidades organicas pertinentes, el fiel cumplimiento del presente Decreto. Registrese y comuniquese. MORDAZA E. REYMER MORDAZA MORDAZA (e) 819708-1

Aprueban el Programa de Segregacion en Fuente, Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos y Formalizacion de Recicladores "Reciclando y Ordenando Ventanilla Progresando"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2012 /MDV-ALC Ventanilla, 23 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el Art. 195° de la Constitucion Politica del Peru los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27972; Ley Organica de Municipalidades; establece que los gobiernos locales, promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa. Que, el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1065; que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos; establece que el Rol de las Municipales, es implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada. Asi mismo establece que las Municipalidades deben ejecutar programas para la progresiva formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes. Que, la Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el pais; en el MORDAZA de los objetivos y principios de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos y la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente. Que la citada Ley en el Articulo 5º define que los gobiernos locales seran los entes reguladores de la actividad de los recicladores en el ambito de su jurisdiccion; con un enfoque orientado a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos, potenciando la actividad a traves de la elaboracion de normas de promocion. Asi mismo la mencionada ley, establece que los gobiernos locales mantendran un registro de inscripcion de las organizaciones de recicladores, cuyos miembros operen en su jurisdiccion para el otorgamiento de la autorizacion y certificacion correspondiente, la cual

ademas debe servir para el acceso de los beneficios que se establezcan en su favor. En el Articulo 6º de la misma, se establece que los gobiernos regionales y locales en el MORDAZA de sus atribuciones legales, promoveran la formacion de organizaciones de recicladores y de pequena y microempresas EPS RS y EC RS, especializadas en la recoleccion para el reciclaje y la comercializacion de residuos solidos, asi mismo los gobiernos locales deberan emitir las disposiciones que faciliten la incorporacion de recicladores independientes dentro de las existentes. En el Articulo 7º define que los gobiernos locales implementaran programas de incentivos a la segregacion en la fuente, los cuales pueden incluir compensacion a los contribuyentes a traves de la reduccion del pago de tarifas o la entrega de bienes y servicios a menos costos o de forma gratuita, o como parte de programas de certificacion ambiental de empresas o instituciones en general. Que en el Reglamento de la citada Ley, D.S 005-2010MINAM, se establecen los aspectos tecnicos, operativos, administrativos y de gestion para el ordenamiento, la regulacion y la estandarizacion de un modelo de reaprovechamiento integral de los residuos solidos con la inclusion social y economica de los recicladores, a fin de lograr servicios de recoleccion selectiva de residuos solidos operados por recicladores formalizados, convertidos en microempresarios. Que, la Ordenanza Municipal Nº 000037-2005MPC, aprueba la Politica Ambiental del Callao y crea el Sistema Local de Gestion Ambiental y la Comision Ambiental Municipal del Callao, que establece como lineamientos de politica promover el uso de tecnologias limpias, ambientalmente eficientes, incluyendo aquellas destinadas a la implementacion del Plan de Manejo Municipal de residuos solidos y complementar los instrumentos de incentivos y sancion, a fin de lograr el mejoramiento continuo del desempeno ambiental. Que, la Ordenanza Municipal Nº 003-2006/MDVCDV, aprueba la Ordenanza de Gestion y Manejo de Residuos Solidos del distrito de Ventanilla, que establece como lineamientos de politica publica que "la gestion de los residuos solidos debe planificarse y operitivizarse de manera coordinada y concertada, buscando modelos de intervencion que permitan generar MORDAZA de ingresos para los sectores sociales empobrecidos" q asimismo "fomentar la formalizacion de las personas segregadoras y/o entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos y promover la prestacion privada de los servicios de residuos solidos, conforme lo dispone la Ley de Residuos Solidos y su Reglamento". Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 15-2011/MDV con fecha 24 de junio del 2011 se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de Ventanilla, el cual establece dos lineamientos estrategicos para regular la gestion de los residuos solidos del distrito: "Fomentar una cultura y educacion ambiental en manejo de residuos solidos urbanos con participacion de la ciudadania, con atencion especial en ninos, ninas y adolescentes " y "Promover servicios publicos de calidad vinculados a la gestion y segregacion de residuos solidos urbanos de la municipalidad de Ventanilla". Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 007-2011/MVDALC con fecha 27 de junio del 2011 se aprueba el Programa de Segregacion en la Fuente, Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Y formalizacion de Recicladores, "Reciclando y Ordenando Ventanilla Progresando" el cual fue elaborado en base a la informacion del Estudio de Caracterizacion de Residuos Solidos realizados el ano 2010 y los procedimientos establecidos por el D.S. Nº 190-2010-EF, para el cumplimiento de la meta y la asignacion los recursos del Programa de Modernizacion Municipal del ano 2011. Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los Recursos del Programa de Modernizacion Municipal ano 2012. Que, en MORDAZA del 2012 se realizo el Estudio de Caracterizacion de Residuos Solidos Domiciliarios del distrito de Ventanilla, el cual genero informacion e indicadores recientes de la gestion de residuos solidos en el distrito, en base a los procedimientos establecidos por el D.S. Nº 004-2012-EF.

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