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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de julio de 2012 471497 Que, la Ordenanza Municipal Nº 011-2012/MDV, aprueba la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Urbanos del Distrito de Ventanilla, el mismo que encarga la elaboración y aprobación del Programa de Segregación en la Fuente, Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y Formalización de Recicladores mediante Decreto de Alcaldía en cumplimiento de las metas establecidas en el Programa de Modernización Municipal, y Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Que, en el Distrito se vienen generando diariamente 229.72 toneladas de residuos sólidos municipales, de los cuales el 21.69% son residuos inorgánicos reaprovechables como papeles, cartones, plásticos, vidrio y metales con signifi cativo valor de cambio en el mercado del reciclaje, el 57.98%1 son residuos orgánicos que sanitariamente manejados pueden también reaprovecharse para la elaboración de abonos orgánicos o alimento para ganado porcino. Esta actividad en la actualidad es realizada de manera formal e informal en el distrito. El 60% de los residuos reaprovechables es recuperado en la fuente de generación (viviendas) y rutas de recolección, por recicladores, vecinos y centros de acopio formales e informales, de manera precarias, haciendo uso de vehículos menores no motorizados (triciclo, carreta, carretilla) y a pie, generándose la diseminación de puntos críticos e incrementando los riesgos a la salud y el deterioro del ambiente, requiriéndose con urgencia un ordenamiento normativo y la promoción de prácticas saludables de reducción, reutilización y reciclaje de residuos sólidos en el distrito. Que, la gestión municipal actual prioriza contar con un sistema sostenible e integral de residuos sólidos de calidad, efi ciente, inclusivo, equitativo y participativo, así mismo establecer como Política Publica el Programa Municipal de Segregación en la Fuente, Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y Formalización de los Recicladores del Distrito de Ventanilla, en concordancia con las políticas de Estado del Acuerdo Nacional y los tres objetivos del milenio decretados por la ONU, que son: ERRADICAR LA POBREZA EXTREMA Y EL HAMBRE, GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DEL AMBIENTE y FOMENTAR UNA ASOCIACION GLOBAL PARA EL DESARROLLO. Que en cumplimiento con lo establecido en la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Ventanilla aprobado mediante la Ordenanza Nº 011-2012/MDV y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde Distrital de Ventanilla; DECRETA: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 007-2011/MDV-ALC del 27 de junio de 2011, que aprueba el Programa de Segregación en la Fuente, Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y formalización de Recicladores, “Reciclando y Ordenando, Ventanilla Progresando” Artículo Segundo.- Aprobar como política pública la Segregación en Fuente, Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y Formalización de Recicladores del distrito de Ventanilla “Reciclando y Ordenando Ventanilla Progresando”, la cual establece los mecanismo de regulación para el manejo selectivo de los residuos sólidos, y comprende 33 articulados, 01 disposición complementaria, 02 disposiciones transitorias, 01 disposición fi nal y 11 anexos que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo Tercero.- Aprobar el Programa de Segregación en Fuente, Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y Formalización de Recicladores del distrito de Ventanilla “Reciclando y Ordenando Ventanilla Progresando”, el cual forma parte del presente decreto como anexo y la asignación presupuestal correspondiente para su ejecución, que deberá ser incorporado como una metas físicas con indicadores, para ser evaluado dentro del Plan Operativo anual de la Gerencia de Limpieza Pública perteneciente al Órgano Desconcentrado Sistema de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a partir del 2012, bajo el techo presupuestal asignado a la gerencia. Artículo Cuarto.- Encárgase a la Gerencia de Limpieza Pública, perteneciente al Órgano Desconcentrado de Sistema de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, en coordinación con la Gerencia de Rentas Municipales, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de Asentamientos Humanos, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Fiscalización y Control, la Autoridad de Salud Local Dirección de la Red de Salud Ventanilla perteneciente a la Dirección Regional de Salud Ambiental DIRESA Callao; el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Quinto.- Publíquese el presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya dirección es: www.muniventanilla.gob.pe; precisando que el anexo A que es parte integrante del presente Decreto será publicada solo en el portal institucional. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER E. REYMER ARAGON Alcalde 819728-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban el “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2012-MPMN Moquegua, 18 de junio de 2012 EL ALCALDE PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO VISTO, en “Sesión Extraordinaria” de fecha 08-06- 2012, la Propuesta del “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972; Que, el Inciso 12) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; Que, la Ley 27972 determina que el Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fi scalizadoras y la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local; Que, el “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto” vigente a la fecha ha sido aprobado por Ordenanza Municipal N° 003-2004- MUNIMOQ del 05-02-2004 y modifi cada por Ordenanza Municipal N° 007-2010-MPMN de fecha 14-04-2010; POR CUANTO: El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto”, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modifi cada por Ley 27680 de fecha 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 del 26-05- 2003 y Ley 8230 de fecha 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Extraordinaria” del 08-06-2012, la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1°.- Aprobar el “REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA MARISCAL