Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2012 (26/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico imperante; Que, el Concejo Municipal cumple una funcion normativa, entre otros mecanismos a traves de Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto en el articulo 200º, inciso 4) de la Constitucion Politica del Estado, tiene rango de Ley; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su articulo 83º, numeral 3.6) establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976, de forma global establece un MORDAZA procedimiento para la emision de las autorizaciones municipales de funcionamiento por parte de los Gobiernos Locales; Que, mediante la Ordenanza Nº 1015-MML del 14.05.2007 se ha aprobado la Zonificacion del Distrito de Comas, asi como ha determinado la MORDAZA de Reglamentacion Especial, la misma que puede tener cambios especificos, en los casos que estos promuevan la inversion publica y/o privada, de alli que la Ordenanza Nº 620-MML en el numeral 29.7) del articulo 29º expresa que las Zonas de Reglamentacion Especial pueden ser susceptibles de aplicarseles disposiciones reglamentarias especiales para mejorar el MORDAZA MORDAZA de dichas zonas; Que, mediante Informe Nº 068-2012-SGPEE-GDE/ MC de fecha 29.03.2012, la Sub Gerencia de Promocion Empresarial y del Empleo senala que la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA se viene consolidando como MORDAZA comercial, especialmente de venta de muebles metalicos, el mismo que al no existir una definicion de vocacion funcional del area de la Av. MORDAZA de MORDAZA (P.J. MORDAZA de America) y la Av. Metropolitana (Asoc. de vivienda Padres de Familia de MORDAZA de MORDAZA, A.H. Senor de los Milagros), imposibilita otorgar licencia municipal de funcionamiento a establecimientos ubicados en dicha MORDAZA, con el consiguiente perjuicio de no contar con un ingreso familiar para el sustento diario, ademas de un conflicto social por las multas administrativas y la clausura del local comercial, por no contar con Licencia de Funcionamiento, documento necesario para su formalizacion y crecimiento economico; Que, a fin de formalizar las actividades economicas desarrolladas en predios con Zonificacion Reglamentacion Especial (ZRE), es necesario adecuar la normatividad con esta realidad existente, estableciendo el otorgamiento de licencia de funcionamiento con caracter temporal; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el MORDAZA 8) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobo la siguiente Ordenanza: OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE CARACER TEMPORAL EN MORDAZA DE REGLAMENTACION ESPECIAL DE AV. MORDAZA DE MORDAZA Y AV. METROPOLITANA Articulo Primero.- Aprobar, la Regulacion del Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento Temporal, en la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE), para los establecimientos ubicados en las zonas de Av. MORDAZA de MORDAZA y Av. Metropolitana que desarrollen actividades economicas, las mismas que se encuentren contemplados hasta Comercio Zonal (CZ), de acuerdo al Indice de Usos para la ubicacion de actividades urbanas, aprobado mediante Ordenanza Nº 933 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Segundo.- La vigencia de la Licencia de Funcionamiento Temporal sera de un (01) ano) a partir de suscripcion del certificado de autorizacion. Articulo Tercero.- Los requisitos para obtener la Licencia de Funcionamiento Temporal, son establecidos en la Ordenanza Nº 243-C/MC-Regulacion de los procedimientos de autorizacion municipal vinculados al funcionamiento de establecimiento en el distrito de Comas y la Ordenanza Nº 262-C/MC-Texto Unico de Procedimiento Administrativo (TUPA), segun corresponda.

Articulo Cuarto.- La clasificacion de los niveles para el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento Temporal, sera conforme a lo previsto en el articulo 14º de la Ordenanza Nº 243-C/MC. Articulo Quinto.- Procedera la nulidad de la Licencia de Funcionamiento de caracter Temporal, de acuerdo a lo establecido en el Art. 54° de la Ordenanza Nº 243-C/MC. Articulo Sexto.- Queda totalmente prohibido el uso de la via publica para cualquier MORDAZA de actividad comercial, de manufacturacion, reparacion y/o servicios. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, hasta que se culmine con el Estudio del Planeamiento Integral de la zona. DISPOSICION FINAL Primera.- Dejese sin efecto cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- Encarguese a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Economico y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipales, a traves de la Sub Gerencia de Promocion Empresarial y del Empleo y de la Sub Gerencia de Control Municipal y Sanciones Administrativas respectivamente, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 819400-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban la actualizacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de El MORDAZA
ORDENANZA Nº 516-MDEA El MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el DICTAMEN Nº 01-2012/CAL/CDA/MDEA, presentado por la Comision de Regidores de Desarrollo Ambiental, el proyecto de Ordenanza que Aprueba la Actualizacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de El Agustino. El Informe Nº 156-2012-GAMB-MDEA de la Gerencia de Desarrollo Ambiental e Informe Nº 292-2012-GAJU-MDEA de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 en el Articulo 73º senala entre las materias de competencias ambiental municipal, la planificacion del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinacion estrategica de los planes integrales de desarrollo distrital, la proteccion y conservacion del ambiente; asi como la formacion, aprobacion, ejecucion y monitoreo de los planes y politicas locales en materia ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales;

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