Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2012 (26/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO;

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

Disponen el embanderamiento general de viviendas, edificaciones e inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2012/MDLCH Chosica, 2 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, el dia sabado 28 de MORDAZA del ano 2012, se celebrara el 191º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERU. Que, la normatividad municipal establece con ocasion de celebrar las festividades civicas, embanderar los inmuebles publicos y privados en senal de reconocimiento pleno al Simbolo Patrio. Que, de conformidad a lo expuesto por el Art.49º de la Constitucion Politica del Estado se reconoce a la bandera bicolor como Simbolo Patrio. Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el Art.38º de la Carta Magna todos los Peruanos tenemos el deber de honrar al Peru y proteger los intereses nacionales; en este orden de ideas, existe el compromiso de todo peruano a honrar nuestra Bandera bicolor como senal de saludo protocolar y ratificacion de nuestra Independencia Patria en conmemoracion de cumplirse un ano mas de este trascendental dia. Estando a merito de lo expuesto, con aprobacion de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- DISPONGASE el EMBANDERAMIENTO GENERAL de toda vivienda, edificacion o inmueble en el distrito de Lurigancho - Chosica, desde el MORDAZA 22 DE MORDAZA HASTA EL LUNES 30 DE MORDAZA del ano 2012, con ocasion de celebrar el 191º Aniversario de la Independencia del Peru. Segundo.- La Municipalidad Distrital de LuriganchoChosica iniciara a partir del MORDAZA 22 de MORDAZA del ano 2012 INSPECCIONES para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones y aplicar las sanciones correspondientes. Tercero.- La Gerencia de Rentas a traves de la Sub Gerencia de Fiscalizacion Administrativa y Tributaria queda encargada de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo que se esta disponiendo en el MORDAZA numeral del presente dispositivo. Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Publicas la difusion del presente dispositivo y a la Sub Gerencia de Gestion Tecnologica para su publicacion en el MORDAZA de la pagina web municipal; asimismo, se dispone la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 819296-1

El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que se encuentra reconocida en la Constitucion Politica del Peru, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la mencionada Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, conforme lo establece el articulo 21 de la Ordenanza Nº 620 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que reglamenta el MORDAZA de aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de los Planes Urbanos Distritales y de Actualizacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana; corresponde a las municipalidades distritales formular y aprobar su Plan MORDAZA y normativa especifica, en estricta sujecion a los lineamientos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA (PLAM de Lima), sus Reglamentos y normas conexas; Que, de acuerdo al articulo 20, numeral 20.2, de la citada Ordenanza Nº 620, el Plan MORDAZA Distrital debe considerar fundamentalmente, entre otros aspectos, la vialidad y el MORDAZA vehicular local, en estricta sujecion a los lineamientos del Sistema Vial Metropolitano; Que, en ese orden, con fecha 7 de enero de 2011 se aprobo el Acuerdo de Concejo Nº 01-2011/MM, en merito del cual se conformo la Comision Especial encargada de la elaboracion del Plan y Ordenamiento Vial del distrito de Miraflores, otorgandosele el plazo de noventa (90) dias calendario para realizar las acciones encomendadas; Que, de la elaboracion de los estudios se identificaron Cuatro (04) Etapas que a su vez comprenden cuatro (04) areas funcionales, definidas para la evaluacion y desarrollo del distrito, conteniendo todas las zonas del distrito con caracteristicas especiales, tales como: a. Etapa Uno, que comprende al Area Tres (03) que localiza el principal Centro Financiero, Comercial y Empresarial, con graves problemas de congestionamiento en las vias; b. Etapa Dos, que comprende el Area Uno (01) predominantemente residencial con densidades medias y bajas; c. Etapa Tres, que comprende el Area Dos (02) heterogenea que presenta un desarrollo intenso de uso comercial y cultural y transporte publico y privado; y, d. Etapa Cuatro, que comprende el Area Cuatro (04) homogenea con predominio de la actividad residencial con baja densidad; lo que ha conllevado a considerarlo como un "Plan Integral de Ordenamiento Vial del Distrito de Miraflores"; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 029-2011/ MM del 29 de MORDAZA de 2011, se reconformo la Comision Especial encargada de la elaboracion del "Plan Integral de Ordenamiento Vial del Distrito de Miraflores" y, se aprobo la Primera Etapa ­ Area 03 del mencionado Plan; Que, a la conclusion de la Primera Etapa correspondia realizar el analisis integral de la totalidad del distrito y, a continuacion, efectuar los estudios de cada sector de manera detallada, considerando los problemas propios de movilidad MORDAZA que se presentan en cada zona; Que, para tales efectos, la Comision Especial remitio el Memorandum Nº 012-2011-CEPOV/MM del 16 de diciembre de 2011, apreciandose a partir de la documentacion anexa al mismo y de la sustentacion tecnica realizada en su oportunidad, que esta Comision cumplio con elaborar y presentar la MORDAZA Etapa, correspondiente al estudio integral del distrito y al Area 01, asi como la Tercera y Cuarta Etapas, correspondientes al estudio y planes estrategicos a detalle de las Areas 02 y 04 respectivamente; las que considerando los problemas propios de movilidad MORDAZA que se presentan en cada MORDAZA, exponen el estudio y alternativas de solucion a los problemas de vialidad y MORDAZA que presentan dichas

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban MORDAZA, Tercera y Cuarta Etapas del "Plan Integral de Ordenamiento Vial del Distrito de Miraflores"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 054-2012/MM Miraflores, 19 de MORDAZA de 2012

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