Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

senalada a la Presidenta de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto para la elaboracion del dictamen correspondiente; Que, mediante dictamen la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto emite opinion por la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un Regimen de Beneficio de Regularizacion Tributaria, estando con las opiniones favorables mediante el Memorandum N° 0316-2012-GAT-MDLP y el Memorandum N° 0325 -2012-GAT-MDLP, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, el Memorandum Nº 109-2012GPYP-MDLP, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 270-2012-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 0662012- GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal el Dictamen de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Articulo 9º numeral 9º, Articulos 38º, 39º, y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los Senores (as) Regidores (as), con dispensa de lectura y aprobacion del Acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer en el Distrito de La MORDAZA, un beneficio temporal para los contribuyentes del distrito para que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias pendientes de pago, por concepto de impuesto predial y arbitrios municipales. Articulo Segundo.- El Beneficio temporal otorgado comprende la condonacion del interes moratorio, cualquiera sea el estado en que encuentre la cobranza. Excepcionalmente en el caso de fraccionamientos que se encuentran pendientes de pago, se condonara el interes moratorio generado por cuotas vencidas de fraccionamiento. Articulo Tercero.- Condonar el interes moratorio en los fraccionamientos que se efectuen durante la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Condonar el 25% de la deuda de arbitrios municipales del ano 2011, con excepcion de la deuda de los contribuyentes que hayan declarado un anexo con uso de MORDAZA ­ habitacion y otro anexo con uso de comercio o servicio, quienes deberan pagar el monto del arbitrio mayor en su totalidad, condonandoseles el de menor monto. Articulo Quinto.- Condonar el 25% de deuda por concepto de arbitrios municipales del ano 2012, de enero a junio, con excepcion de la deuda de los contribuyentes que hayan declarado un anexo con uso de comercio o servicio, los cuales deberan cancelar el integro del arbitrio de mayor monto, condonandoseles el de menor monto. En el caso de los pensionistas que vienen gozando del Beneficio de Deduccion de 50 UITs en la Base Imponible para determinacion del Impuesto Predial, que hayan declarado un solo anexo, y que, este tenga uso de casahabitacion tendran un descuento del 70% sobre la deuda que tuvieran por concepto de arbitrios 2011 y 2012. Articulo Sexto.- Para poder acogerse a los beneficios establecidos en los Articulo MORDAZA y/o MORDAZA de la presente Ordenanza, las deudas por concepto de arbitrios municipales deberan ser canceladas en su totalidad, de acuerdo al ejercicio que corresponda. Articulo Setimo.- Las multas administrativas pendientes de pago podran ser canceladas con un descuento del 50%. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y tendra vigencia hasta el 29 de Agosto de 2012. Articulo Noveno.- Encarguese a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 819956-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban el "Reglamento de Inspector Municipal de Transporte de la Municipalidad Provincial de Barranca"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2012-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesion Ordinaria del Concejo celebrada el 13 de junio del 2012 en la estacion de orden del dia, Informe Nº 289-2012-PVG-SGSVF-MPB, Informe Nº 0682012-MBB/SGTVS-MPB, Informe Legal Nº 0638-2012OAJ/MPB; Memorandum Nº 0905-2012-GM/NCFLSMPB; respecto del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el "REGLAMENTO DE INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA". CONSIDERANDO: Que, son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, en materia del servicio publico de transporte terrestre de personas la Municipalidad Provincial de Barranca ejerce facultades normativas en el ambito de su Circunscripcion administrativa, a fin de procurar una eficiente prestacion del servicio, Gestion y fiscalizacion del mismo; Que, es necesario contar con un Reglamento del Inspector Municipal de Transporte que sea aprobado mediante Ordenanza Municipal, estableciendose sus Funciones y facultades, con la finalidad de normarlas y que el Inspector Municipal de Transporte tenga la potestad de levantar papeletas de Infraccion, Actas de supervision y verificacion al servicio de Transporte publico, tipificadas por las Ordenanzas Municipales. De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 la Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre Nº27181, y el Reglamento de Administracion de Transportes Nº 017-2009-MTC y con el MORDAZA unanime de sus miembros; aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- APROBAR, el reglamento de la Ordenanza denominada, "REGLAMENTO DE INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA" que regula sus funciones y facultades, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal, el mismo que consta de Seis Capitulos, Veinticinco Articulos, y Tres Disposiciones Complementarias. Articulo 2º.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal Nº 030-2007-AL-CPB que aprobo el Reglamento del Inspector Municipal de Transporte. Articulo 3º.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos (reglamento) en el MORDAZA Institucional www.munibarranca. gob.pe. Articulo 4º.- La presente Ordenanza Municipal rige al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, cumplase. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 820018-1

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