TEXTO PAGINA: 95
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471593 “Implementar un Programa de Segregación en la fuente y recolección de residuos sólidos domiciliarios en un 7% de las viviendas urbanas del distrito, en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, año fi scal 2012”; Que, el instructivo elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Resolución Directoral N°008-2012-EF/50.01, establece los lineamientos para el cumplimiento y verifi cación de la Meta 7 que tiene como alcance a las Municipalidades consideradas como “Ciudades Principales Tipo A”, clasifi cadas de acuerdo a lo establecido en el Anexo 01 del Decreto Supremo N° 004-2012-EF; Que, el referido instructivo para el cumplimiento de la Meta 7, establece, entre otros, que a tal efecto se realizan las siguientes acciones: Paso N° 4 (Proceso): Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos domiciliarios en un 7% de viviendas urbanas del distrito; Que, con fecha 27.07.2011, mediante Decreto de Alcaldía N°004-2011-MSB-A se aprobó el proyecto “Programa de Segregación de la Fuente y Recolección Selectiva como parte del Proceso de Selección de Residuos Sólidos Domiciliaros en el distrito de San Borja”, con el objeto de mejorar la gestión ambiental de los residuos sólidos del distrito, involucrando a las organizaciones sociales dignifi cando las condiciones de salud y trabajo de los recicladores; Que, de acuerdo al Informe N° 012-2012-MSB- GMAOP-VTR se determina la necesidad de actualizar el programa aprobado por el Decreto de Alcaldía precitado, incorporando los datos obtenidos en el estudio de eco caracterización de residuos sólidos realizado en el distrito, a efecto de lo cual adjunta el proyecto normativo correspondiente; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N°359-2012-MSB-GAJ opina favorablemente por la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe la actualización del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva como parte del Proceso Selección de Residuos Sólidos domiciliarios en el distrito de San Borja, considerando que conforme a lo informado por el Responsable de Medio Ambiente resulta necesario incorporar los datos obtenidos en el estudio de eco caracterización antes mencionado; Que, mediante Memorándum N°603-2012-MSB-GM, la Gerencia Municipal, propone para su aprobación el referido proyecto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Públicas, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Programa de Segregación en la Fuente - 2012, incorporando el estudio de eco caracterización de residuos sólidos, de conformidad con lo prescrito en los instructivos para el Cumplimiento de las Metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de Gestión y Modernización Municipal para el año 2012, aprobados por Resolución Directoral N°008-2012-EF/50.01; cuyo texto en Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación, así como la del Anexo que aprueba, en el Portal Institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 819941-1 Prorrogan plazo de vigencia de Beneficio de Regularización Tributaria otorgado mediante Ordenanza Nº 482- MSB DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2012-MSB-A San Borja, 25 de julio de 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA Vistos, el Informe N°42-2012-MSB-GR de fecha 18.07.2012 de la Gerencia de Rentas, el Informe N°112- 2012-MSB-/GR/URT de fecha 18.07.2012 de la Unidad de Recaudación Tributaria, el Informe N°383-2012-MSB- GAJ de fecha 19.07.2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorandum N°642-2012-MSB-GM de fecha 23.07.2012 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en uso de las facultades otorgadas, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza Nº482-MSB publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 22 de febrero del 2012, sobre Benefi cio de Regularización Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, con un plazo de vigencia hasta el 29 de febrero del 2012; Que, en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 482-MSB, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza, así como su prórroga; por lo cual y en uso de las facultades conferidas se prorrogó sucesivamente mediante el Decreto de Alcaldía N° 004- 2012-MSB-A, Decreto de Alcaldía N° 006-2012-MSB-A, Decreto de Alcaldía N° 010-2012-MSB-A, Decreto de Alcaldía N°12-2012-MSB-A, Decreto de Alcaldía N°013- 2012-MSB-A hasta el 31 de julio del año en curso, el plazo de vigencia del Benefi cio Tributario señalado anteriormente; Que, siendo política de la actual administración brindar las máximas facilidades a los vecinos del distrito, a fi n que puedan regularizar sus obligaciones tributarias, se considera necesario prorrogar el plazo establecido para la vigencia de la referida ordenanza, lo cual tendrá incidencia positiva en la recaudación tributaria, según lo sustentado en la documentación del visto; Estando a lo expuesto, de acuerdo a la documentación sustentatoria del visto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de agosto de 2012, el plazo de vigencia establecido en el artículo 10º de la Ordenanza Nº482-MSB. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional y Portal de Servicios al Ciudadano