Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2004PCM, senala en su articulo 8° numeral 2, que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos solidos en su jurisdiccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos. Que, el gobierno local requiere dotarse de un MORDAZA legal, MORDAZA, especifico en materia de gestion ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de politica e instrumentos de gestion. Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA mediante la Ordenanza N° 407-MSB de fecha 17 de diciembre de 2007, aprobo el Plan Integral Participativo de Gestion de Residuos Solidos, el mismo que constituye una herramienta para la gestion adecuada de los residuos solidos en nuestro Distrito. Que, la presente Ordenanza tiene por objeto la actualizacion del Plan Integral Participativo de Gestion de Residuos Solidos, a fin de incluir en su diseno, las nuevas tendencias relacionadas al manejo sostenible y sustentable de los residuos solidos, motivo por el cual se hace necesario el cambio de la nomenclatura a Plan Distrital de Gestion de Residuos Solidos de San Borja. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28611 y en el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA CAMBIO DE DENOMINACION DEL PLAN DISTRITAL DE GESTION DE RESIDUOS SOLIDOS DE SAN MORDAZA POR LA DENOMINACION DE PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS Y SU ACTUALIZACION Articulo 1°.- Aprobar el cambio de denominacion de Plan Distrital de Gestion de Residuos Solidos de San MORDAZA por el Plan de Manejo de Residuos Solidos de San Borja. Articulo 2°.- Aprobar la Actualizacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de San MORDAZA, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 3°.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 819943-1

Disponen implementar la Poblacion Ambientalmente Activa (PAA), como MORDAZA indice de Desarrollo Sostenible para San MORDAZA
ORDENANZA Nº 488-MSB San MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS; en la XV-2012 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de MORDAZA de 2012, los Informes N° 059-2012-MSBGMAOP y N° 091-2012-MSB-GMAOP de la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Publicas, el Informe N° 366-2012MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; sobre la aprobacion de un proyecto de Ordenanza que propone la Implementacion de un MORDAZA Indice de Desarrollo Sostenible denominado Poblacion Ambientalmente Activa, que medira y valorara el aporte al ambiente que realicen los residentes menores de 15 anos, la PEA y Adultos Mayores de 65 anos, desde sus hogares, al Bienestar del Distrito.

Que, segun el Estudio reciente denominado "Evaluacion de los Ecosistemas del Milenio", y que ha sido elaborado por 1.300 expertos de 95 paises, se revela que el 60% de los servicios de los ecosistemas que permiten la MORDAZA sobre la Tierra ­como el agua MORDAZA, la pesca, la regulacion del aire, el agua y el clima­ estan siendo degradados (ONU, 2004). Ello significa que se esta perdiendo la diversidad de la MORDAZA en el planeta, gran parte de manera irreversible y como resultado directo de la accion del ser humano. Asimismo, otro Informe en esta materia, denominado "GEO4" y publicado el ano 2007 por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, indica que al ritmo actual de consumo se requieren en promedio 22 hectareas por persona en el planeta y solo hay 15.7 disponibles. Los estudios realizados concluyen que depende de nosotros cambiar el destino de la humanidad. Para ello se requeriran cambios radicales en nuestro comportamiento y valores en relacion a como tratamos la naturaleza; Que, en la actualidad no existen indicadores que valoren el aporte de las personas menores de 15 anos y ni mayores de 65 al bienestar del Peru. El principal indicador existente del aporte de una persona a la sociedad es la PEA, Poblacion Economicamente Activa. Segun las normas internacionales, la PEA la conforman los grupos de edad de 15 a 64 anos. Las personas menores de 15 y mayores de 65 anos son consideradas como "poblacion en edad inactiva", definidas como todas aquellas personas que no estan aptas para el ejercicio de funciones productivas. El aporte en terminos ambientales, sociales y economicos de este segmento de la poblacion, que son mas de 12 millones en el Peru, se ignora y por lo tanto se considera de valor cero. Que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA (1989) reconoce al MORDAZA como todo ser humano menor de 18 anos, y protagonista de su propia MORDAZA para que participe en todas las decisiones que le conciernan. Ademas, reconoce el derecho a expresar su opinion y a que MORDAZA escuchados en todos los ambitos donde esten involucrados: familia, escuela, comunidad en general. Que, la AGENDA 21 ha establecido que los gobiernos, con arreglo a sus politicas, deben encargarse de velar por que los intereses de la infancia, se tengan plenamente en cuenta a MORDAZA en el MORDAZA de participacion en favor del desarrollo sostenible y el mejoramiento del medio ambiente, y de establecer procedimientos para incorporar los intereses de la infancia en todas las politicas y estrategias pertinentes relacionadas con el medio ambiente y el desarrollo en los plano local, regional y nacional, entre ellas las relacionadas con la asignacion de los recursos naturales y el derecho a utilizarlos, la vivienda y las necesidades de recreo, asi como la lucha contra la contaminacion y la toxicidad, tanto en las zonas rurales como en las urbanas. Que, de conformidad con el Codigo de los Ninos y Adolescentes, el Estado debe garantizar que la educacion basica comprenda, entre otros aspectos, el desarrollo de un pensamiento MORDAZA, critico y creativo; la capacitacion del MORDAZA y el adolescente para el trabajo productivo y para el manejo de conocimientos tecnicos y cientificos; y el respeto al ambiente natural; Que, es en la etapa de la ninez cuando se desarrollan nuestros valores y actitudes por la MORDAZA y la naturaleza. Un medio ideal para ello es que las ninas y ninos convivan con la naturaleza y participen de manera protagonica en la mejora de su entorno. Para ello requieren de motivacion, espacios sanos y seguros, orientacion y reconocimiento. Que, por otra parte, la Convencion de MORDAZA de la Naciones Unidas, realizada en 1982, ha establecido que son derechos basicos de los adultos mayores, permanecer integrados en la sociedad, participar activamente en la formulacion y en la aplicacion de las politicas que afectan directamente su bienestar. Asimismo, es derecho de las personas adultas mayores poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades. Que, la incorporacion del adulto mayor a las actividades de la comunidad, donde los vinculos intergeneracionales

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