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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471589 N° de Orden Denominación del Procedimiento Requisitos 7 Licencia de obra para ampliación, remodelación, modifi cación, reparación o puesta en valor 3. Copia literal de dominio o copia del título de propiedad, donde conste la declaratoria de fábrica si está inscrita, o la conformidad de obra o de construcción de la edificación existente, en el caso de no constar en el asiento de inscripción correspondiente. Para Pers. Jurídicas, copia de Poder inscrito en RR.PP. del representante legal. 4. Boleta de habilitación de los profesionales que interviene en el diseño del proyecto. 5. Certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi caciones en fotocopias. 8 Licencia de obra en vías de regularización 3. Copia simple del certifi cado literal de dominio, con el dictamen legal del abogado. 5. Certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios. Boleta de habilitación de los profesionales que interviene en el diseño del proyecto. 11. Boleta de habilitación del profesional constatador de la obra. 9 Licencia para obra autoconstrucción a) Con prestación de planos de acuerdo al Art. 47 de la Ley 27157 y su reglamento. b) Sin presentación de planos (hasta 90 m2) de acuerdo al Art. 79 Inc. B de la Ley 27157 y su reglamento 3. Copia literal de dominio o título de propiedad. Para Pers. Jurídicas, copia de Poder inscrito en RR.PP. del representante legal. 4. Boleta de habilitación de los profesionales que interviene en el diseño del proyecto. 5. Certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi caciones vigentes en fotocopias. 3. Copia literal de dominio o copia del título de propiedad donde conste la declaratoria de fábrica si está inscrita, o la conformidad de obra o la licencia de obra o de construcción de edifi cación existente. 10 Licencia de obra para cerco de terrenos sin construir (T.S.C.) 3. Copia literal de dominio o copia del título de propiedad, con el dictamen del abogado. 11 Licencia de obra menor a 30.00 m2 y para otras i n s t a l a c i o n e s (cerco, cisterna, tanque elevado, piscina, etc) 3. Copia literal de dominio o copia del título de propiedad donde conste la declaratoria de fábrica si está inscrita, o la conformidad de obra o de construcción de edificación existente, en el caso de no constar en el asiento de inscripción correspondiente. Para Pers. Jurídicas, copia de Poder inscrito en RR.PP. del representante legal. 12 Licencia de obra de demolición 3. Copia literal de dominio o copia del título de propiedad donde conste la declaratoria de fábrica si está inscrita, o la conformidad de obra o la licencia de obra o de construcción de la edifi cación existente, en el caso de no constar en el asiento de inscripción correspondiente. 7. Boleta de habilitación del profesional responsable de la obra. 26 Aprobación de habilitaciones urbanas 3. Título de propiedad inscrito en los RR.PP. o documentos que acredite la propiedad y/o dominio, con vigencia no mayor a 30 días calendario. 4 En caso de personas jurídicas, éstas acreditarán su condición de tal y la representatividad con copia literal emitida por el registro de personas jurídicas, con expedición no mayor a 30 días calendario. 14. Boleta de habilidad del profesional responsable. 28 Regularización de habilitaciones urbanas 3. Título de propiedad inscrito en los RR.PP. o documentos que acredite la propiedad y/o dominio, con vigencia no mayor a 30 días calendario. 4. En caso de personas jurídicas, éstas acreditarán su condición de tal y la representatividad con copia literal emitida por el registro de personas jurídicas, con expedición no mayor a 30 días calendario. 16. Boleta de habilidad del profesional. N° de Orden Denominación del Procedimiento Requisitos 29 Recepción de obras fi nales de habilitaciones urbanas 3. Título de propiedad inscrito en ORLC. 11. Boleta de habilidad del profesional a cargo de la obra. 34 Ratifi cación de resoluciones de habilitaciones urbanas 3. Título de propiedad, en caso de persona jurídica, documento que acredite dicha condición y representatividad, con copia literal del registro de personas jurídicas. Artículo 4°.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Dirección de Desarrollo Urbano y Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 5°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 820027-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban cambio de denominación del Plan Distrital de Gestión de Residuos Sólidos de San Borja por la denominación de Plan de Manejo de Residuos Sólidos de San Borja ORDENANZA Nº 487-MSB San Borja, 19 de julio de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la XV-2012 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de julio de 2012, el pedido de la regidora Gina Valeria Casanova Mera, el Informe N° 086-2012- MSB-GMAOP de la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Públicas y el Informe N° 359-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre un proyecto de Ordenanza que propone modifi car la denominación del Plan Distrital de Gestión de Residuos Sólidos de San Borja, regulado mediante Ordenanza N° 455-MSB, por la denominación de Plan de Manejo de Residuos Sólidos y su actualización. CONSIDERANDO: Que, en los artículos 2° y 67° de la Constitución Política del Perú, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente. Que, conforme al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por el artículo Único de la Ley N° 28067, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 10° de la Ley General de Residuos Sólidos - Ley N° 27314, modifi cado por el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1065, establece que las Municipalidades Distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y similares a estos, así como de la limpieza de vías similares a estos, al igual que la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción y su adecuada disposición fi nal.