Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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de tarifas o la entrega de bienes y servicios a menos costo o de forma gratuita o como parte de programas de certificacion ambiental de empresa o instituciones; Que, segun lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del articulo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana, en la formulacion, debate y concertacion de sus planes y presupuestos debiendo garantizar al acceso a todos los ciudadanos a la informacion publica; Que, el articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en materia de competencia Municipal establece que: la Ley de Bases de la Descentralizacion establece la condicion de exclusiva o compartida de una competencia. Las funciones especificasMunicipales que se derivan de las competencias se ejercen con caracter exclusivo o compartido entre las Municipalidades Provinciales y Distritales, con arreglo a lo dispuesto en la presente Ley Organica. Dentro del MORDAZA de las competencias y ejercen las funciones especificas senaladas en el Capitulo II del presente Titulo, con caracter exclusivo o compartido, en las materias siguiente: Numeral 3, Proteccion y conservacion del ambiente 3.1 Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental, en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, que senala que "Los Decretos de Alcaldia establecen Normas Reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion Municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA competencia del Consejo Municipal"; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Art. 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y de la Ordenanza Municipal Nº 324-2011-MSDR. DECRETA: Articulo Primero.- ACTUALIZAR,el programa de Segregacion en la Fuente de los Residuos Solidos en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, que sera implementado en forma inmediata por parte de esta entidad Municipal. Articulo Segundo.-ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la Comunidad, a la Sub-Gerencia del Medio Ambiente, Parques y Jardines, el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- DISPONER, se publique el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial el Peruano, ydifundase por la pagina Web (www.munisantarosa-lima. gob.pe)de la Corporacion MORDAZA el integro del presente Decreto de Alcaldia,entrando en vigencia el dia siguiente de su publicacion; Articulo Cuarto.- DEROGAR, el Decreto de Alcaldia Nº 004-2011-MSDR, fecha 24 de junio del ano 2011. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA CHEGNI MORDAZA MORDAZA 819182-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: Visto: el Informe Nº 096-2012-MPC/GGSSC-GRC de la Gerencia de Registros Civiles y el Memorando Nº 4032012-MPC-GGSSC de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de visto la Gerencia de Registros Civiles y la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales proponen la realizacion del II Matrimonio Civil Comunitario 2012, teniendo en cuenta que debido a la situacion economica que atraviesa el MORDAZA, muchas parejas domiciliadas en la Provincia Constitucional del Callao, no pueden asumir el costo de un matrimonio particular, sin embargo desean formalizar su union de hecho; Que, es politica de esta Comuna fortalecer la institucion familiar promoviendo la formalizacion de las uniones de hecho y otorgando facilidades a las parejas para la celebracion del matrimonio civil; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2012 del 16 de MORDAZA del 2012, el Concejo Provincial del Callao ha dispuesto la exoneracion del pago de derechos administrativos por concepto de tramite matrimonial, examen pre nupcial y dispensa de publicacion de Edicto a los contrayentes que participen del II Matrimonio Civil Comunitario 2012, programado para el mes de agosto del presente ano; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Registros Civiles, Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer, la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2012, para el dia 25 de agosto del 2012, exonerando a los contrayentes del pago de derechos administrativos por concepto de tramite matrimonial, examen pre-nupcial y dispensa de publicacion de Edicto. Articulo Segundo.- Establecer como unicos requisitos para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, los siguientes: - Partida de nacimiento original actualizada de los contrayentes. - D.N.I. vigente de los contrayentes en original y fotocopia. - D.N.I. vigente de dos testigos en original y fotocopia (no familiares). - Declaracion jurada del estado civil de los contrayentes. - Declaracion jurada del domicilio de los contrayentes. - Examen Medico pre nupcial que se realizara en la Municipalidad del Callao. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y Gerencia de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Por tanto: mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 819602-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Disponen la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2012
DECRETO DE ALCALDIA Nº 13-2012-MPC-AL Callao, 23 de MORDAZA de 2012

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