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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2012 (27/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 103

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471601 Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Barranca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2012-AL/CPB EL ALCALDE (e) DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 24 de Julio del 2012, el Informe Nº 052-2012-SGMA- MPB de la Sub. Gerente de Medio Ambiente, el Informe Nº 0564-2012-GSP-MPB de la Gerencia de Servicios Públicos, el Informe Legal Nº 0814-2012-OAJ/MPB de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 1150-2012-GM/ MPB de la Gerencia Municipal, sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal de Aprobación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que, en el Informe Nº 052-2012-SGMA-MPB el Ing. Wilder Ramírez León - Sub Gerente de Medio Ambiente, sustenta que en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2012, y estando próximo a la fecha de la meta de implementación del Programa de Segregación en la Fuente y recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 7% de las Viviendas urbanas. Que, en el informe Nº 0564-2012-GSP-MPB el Gerente de Servicios Públicos, sustenta la necesidad de implementar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito, con la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población del Distrito de Barranca, mediante la gestión participativa y ecoefi ciente de los residuos sólidos, la inclusión de poblaciones vulnerables y el compromiso de todos sus habitantes. Que, por Resolución de Alcaldía Nº 0296-2011- AL/RUV-MPB se designa al Equipo Técnico Municipal responsable de la Implementación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Barranca, la cual deberá estar integrada por: • Gerente de Servicios Públicos • Gerente de Bienestar, Participación y Promoción • Gerente de Planeamiento y Presupuesto • Gerente de Rentas • Sub. Gerente de Imagen Institucional y Protocolo • Representantes de la CAM Que, la acotada Resolución de Alcaldía reglamenta la programación de reuniones y la rendición de cuentas de manera articulada a los mecanismos existentes, como la Rendición del Plan Operativo Institucional y la Rendición de Avances de Proyectos de Inversión Pública. Que, la Constitución Política del Perú sustenta la generación de la Política Nacional del Ambiente y la gestión ambiental a nivel nacional. Que, la Ley General del Ambiente es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental, establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país. Que, la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos y su Modifi catoria, el Decreto Legislativo Nº 10651 son de aplicación a todas las actividades, procesos y operaciones de la gestión y manejo de residuos sólidos, desde la generación hasta su disposición fi nal, incluyendo las distintas fuentes de generación de dichos residuos, en los sectores económicos, sociales y de la población. Asimismo, comprende las actividades de internamiento y tránsito por el territorio nacional de residuos sólidos. En esta Ley y en la modifi catoria citada se describen el ámbito de acción de los gobiernos locales en cuanto a la gestión y manejo de los residuos sólidos en su jurisdicción. Que, el D.S. Nº 057-2004-PCM - Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos precisa las responsabilidades y derechos de las municipalidades y otros actores involucrados en la gestión de los residuos sólidos. Que, la Ley Nº 29419 - Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, establece el marco normativo para los trabajadores de la actividad de reciclaje en el Perú, promueve su formalización y contribuye al manejo ecológicamente efi ciente de los residuos sólidos en el marco de los objetivos y principios de la ley general de Residuos Sólidos. Que, el D.S. Nº 005-2010-MINAM, Reglamento de la Ley que Regula la Actividad de los Recicladores establece que la formalización de recicladores y la recolección selectiva de residuos sólidos a cargo de las Municipalidades, promoviendo la integración de actores para el aprovechamiento de los residuos sólidos como base productiva de la cadena del reciclaje. Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 80º , especifi ca que son funciones específi cas compartidas de las municipalidades en materia de saneamiento, salubridad y salud los siguientes: Regular y controlar el proceso de disposición fi nal de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial y Regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente. Que, la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público 2010 y 2011, modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 119-2009, crea el Programa de Modernización Municipal para el período 2010-2013, con el objeto de generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economía local. Que, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 determina el presupuesto para el Año Fiscal 2011 y crea el Fondo de Gestión y Modernización Municipal (2011 -2013), de carácter intangible y destinado a fi nanciar el Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, creados por las Leyes Nº 29465 y 29332, respectivamente. La asignación de los recursos a favor de los gobiernos locales se sujeta al cumplimiento de metas y plazos, conforme a los procedimientos reglamentarios y criterios que se aprueban mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas. Que, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 determina el presupuesto para el presente Año Fiscal 2012. Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto UNANIME de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE BARRANCA Artículo 1º.- APROBAR El PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE BARRANCA, como instrumento de gestión a implementarse con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población del distrito capital, mediante la gestión participativa y ecoefi ciente respecto a los residuos sólidos, la inclusión de poblaciones vulnerables y el compromiso de los actores involucrados. Artículo 2º.- ENCARGAR al Equipo Técnico de Implementación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos priorizar el cumplimiento de dicho Plan y presentar las rendiciones correspondientes en los plazos indicados. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y Sub Gerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, Gerencia de Servicios Públicos y Sub Gerencia de Medio Ambiente, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y sus anexos en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de