Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

CULTURA
Disponen el ingreso libre a los Museos, Museos de Sitio y Sitios Arqueologicos administrados por el Ministerio de Cultura, durante los dias 28 y 29 de MORDAZA de 2012, excepto los ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2012-MC MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2012 Vistos; el Informe N° 373-2012-DMBM-DGPC/MC de la Direccion de Museos y Bienes Muebles, de fecha 19 de MORDAZA de 2012, y el Informe Nº 259-2012-DGPC-VMPCIC/ MC de la Direccion General de Patrimonio Cultural, de fecha 20 de MORDAZA de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece en el numeral 51.1 del Articulo 51º, que corresponde al Sector Cultura velar por la promocion y difusion en la ciudadania de la importancia y significado del Patrimonio Cultural de la Nacion como fundamento y expresion de nuestra identidad nacional; Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, que ejerce competencia respecto del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, en atencion a lo dispuesto en el literal e) del Articulo 7º de la MORDAZA citada Ley, es funcion del Ministerio de Cultura, la promocion del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nacion, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, corresponde al Ministerio de Cultura establecer acciones en materia de acceso a la cultura, en aplicacion del literal f) del numeral 3.3.1) del Articulo 3º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 5062011-MC de fecha 29 de diciembre de 2011, se aprobo el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje de ingreso a los Monumentos Arqueologicos Prehispanicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional; Que, el Articulo 34º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las areas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante los documentos del Visto, la Direccion de Museos y Bienes Muebles y la Direccion General de Patrimonio Cultural proponen que se autorice el ingreso libre de los peruanos a los Museos, Museos de Sitio y Sitios Arqueologicos administrados por el Ministerio de Cultura, durante los dias 28 y 29 de MORDAZA de 2012, debiendo exceptuarse a aquellos ubicados en el departamento del Cusco; Que, siendo atribucion del Ministerio de Cultura, disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura y difundir la expresion de nuestra identidad nacional, resulta conveniente establecer una tarifa promocional que permita el ingreso libre de los peruanos a los Museos, Museos de Sitio y Sitios Arqueologicos administrados por este Ministerio, durante los dias 28 y 29 de MORDAZA de 2012, en el MORDAZA de nuestro aniversario patrio; Estando a lo visado por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Secretario General, la Directora General de Patrimonio Cultural, la Directora de Museos y Bienes Muebles y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, que crea el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el ingreso libre de los peruanos a los Museos, Museos de Sitio y Sitios Arqueologicos administrados por el Ministerio de Cultura, durante los dias 28 y 29 de MORDAZA de 2012, en atencion a la tarifa promocional de S/. 0.00 (Cero Nuevos Soles) que se instituye para fomentar el acceso a la cultura y difundir la expresion de nuestra identidad nacional. Los Museos, Museos de Sitio y Sitios Arqueologicos ubicados en el departamento de MORDAZA no se encuentran comprendidos en la presente disposicion. Articulo 2º.- Los Directores Regionales de las Direcciones Regionales de Cultura y los Responsables de los Museos, Museos de Sitio y Sitios Arqueologicos dispondran las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 820367-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los EE.UU. y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 860-2012-DE/SG MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 587 del 18 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1597-2012-MINDEF/VPD/B/01.a del 20 de MORDAZA de 2012, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, ingresara a territorio de la Republica, del 30 de MORDAZA al 02 de agosto de 2012, a fin de reunirse con autoridades de MORDAZA, Ica y MORDAZA y tratar temas respecto a las relaciones civiles-militares ante desastres naturales; Que, el Articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito

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