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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2012 (27/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471510 Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 820520-1 Autorizan Transferencia de Partidas del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca para el financiamiento de Proyecto de Inversión Pública DECRETO SUPREMO Nº 130-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal 5.1 del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, establece que es función del Ministerio de Agricultura formular y supervisar, diseñar, elaborar planes en aspectos de Política Nacional Agraria, entre otros, así como dictar las normas para la gestión integral, social, efi ciente y moderna de los recursos hídricos, en concordancia con el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, así como ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de promover la ampliación de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de proyectos de irrigación y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria en coordinación con los sectores e instituciones competentes, conforme a Ley; Que, el numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2012, a través del cual se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, autoriza, excepcionalmente, hasta el 31 de agosto del presente año, entre otras, medidas para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de inversión en materia de salud, agricultura, educación, deporte, saneamiento e infraestructura urbana, las cuales se sujetan a los procedimientos establecidos en el artículo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, según corresponda; Que, el artículo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que en el citado Año Fiscal, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, mediante Ofi cio Nº 1215-2012-AG-SEGMA, el Ministerio de Agricultura ha solicitado se realice una transferencia de partidas, de acuerdo al numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2012 y el artículo 11º de la Ley Nº 29812, a favor del pliego Municipalidad Provincial de Cajamarca, hasta por la suma de TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 500 000,00), con la fi nalidad de fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión pública “Construcción - Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta, Provincia de Cajamarca - Cajamarca”, en la parte que corresponde a la elaboración del Expediente Técnico, en el marco del Decreto Supremo Nº 098-2012-EF, norma que autorizó los citados recursos al Ministerio de Agricultura para el fi nanciamiento antes mencionado; Que, a través del Informe Nº 075-2012-AG- UPRES/OPP de la Unidad de Presupuesto Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, se emite opinión favorable a la transferencia de recursos citada en el considerando precedente, del Pliego 013. Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001. Ministerio de Agricultura - Administración Central, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, indicando que el Pliego cuenta con disponibilidad presupuestal en el referido monto en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados al financiamiento de la elaboración del Expediente Técnico del proyecto de inversión pública señalado en el considerando precedente, el cual ha sido declarado viable, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, el 24 de abril del presente año, y cuenta con el respectivo convenio suscrito; De conformidad con lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2012 y el artículo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 500 000,00) para financiar la ejecución del proyecto de inversión pública “Construcción - Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta, Provincia de Cajamarca - Cajamarca”, conforme al siguiente detalle: DE LA : En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Agricultura UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Agricultura - Administración Central ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS