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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (01/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 127

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467489 Que, mediante Decreto Supremo Nº 114-96 EF, se autorizó al MEF la transferencia de recursos al Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, en adelante el MITINCI, hasta por un monto de US$ 9 200,000.00 en un plazo de seis años, para atender obligaciones futuras provenientes de las pólizas GIF; Que, con fecha 18 de diciembre de 1996 la Compañía y el MITINCI suscribieron el Addendum Nº 4 al Contrato de Administración del Fondo, por el cual el Fondo asumía íntegramente los riesgos derivados de las pólizas GIF; vigentes al 31 de diciembre de 1996; Que, mediante Decreto Supremo Nº 104-2000 se derogó el Decreto Supremo Nº 141-79-EF, originando la resolución del Contrato de Administración suscrito en el año 1980 por FOPEX y la Compañía; Que, mediante Decreto Supremo Nº 190-2001-EF se aprobó el convenio de Administración del Fondo suscrito el 29 de octubre de 2001 por el MITINCI y la Compañía, en el cual se estableció que los riesgos derivados de las pólizas GIF eran cubiertos exclusivamente por el Fondo, cuyo titular es el MITINCI y la Compañía asumía la administración del mismo; Que, la Compañía no ha realizado renovaciones de pólizas GIF desde el cierre del ejercicio del año 2001, por lo que actualmente no existe ninguna póliza de este tipo vigente; Que, la Compañía mantiene una Reserva Especial ascendente a US$ 1,072,766.15, de los cuales US$ 1’070,814.16 corresponden a la Reserva constituida por las pólizas GIF. Asimismo, la Reserva Legal de la Compañía asciende a S/. 4,320,829.55, lo que constituye el 30.66% del Capital Social (S/. 14, 093,417.00), quedando por constituir el 4.34% de acuerdo al artículo 67º de la Ley General. Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros y la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garantías el traslado de S/. 611,866 de la Reserva Especial a la Reserva Legal, con el fi n de cumplir con el límite del 35% del Capital a que se refi ere el artículo 67º de la Ley General. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 794922-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en enero de 2009 y en noviembre y diciembre de 2011 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 081-2012-GRL-GRDE-DREM Huacho, 26 de abril de 2012 VISTO: La relación de Títulos de Concesión Minera, otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima, durante el mes de Enero del 2009 y durante los meses de Noviembre y Diciembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27857 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas asumir las funciones en materia de minas, entre las cuales se establece la función de otorgar Concesiones para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la ley referida; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones específi cas “otorgar petitorios y concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 046-2008- MEM/DM, de fecha 02 de febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de Lima ha concluido con el proceso de transferencias de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2008- MEM/DM, de fecha 27 de marzo del 2008 se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC (hoy DREM-LIMA), publicará mensualmente en el diario ofi cial “El Peruano”; por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, establece que dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, se publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior; De conformidad con la atribución establecida en el artículo 59º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial Nº 046-2008-MEM/DN y con la facultad conferida a la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados durante el mes de Enero del 2009 y durante los meses de Noviembre y Diciembre del 2011, de acuerdo a la nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESION, B) CODIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS Y G) CORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos los siguientes: 1.-A)ESPERANZA XXII B)010599107 C)S.M.R.L. EL BUCARAN - ERGR D)006-2009-GRL-GRDE-DREM 22/01/2009 E)18 F)V1:N8688.92000 E346.67000 V2: N8689.10000 E348 V3:N8688.35000 E348.10000 V4: N8688.15000 E346.78000 2.-A)TAMBO DE VISO Nº 29 B)010105208 C)YEP MINING COMPANY S.A.C. D)287-2011-GRL-GRDE-DREM 24/11/2011 E)18 F)V1: N8693.83768 E358.34661 V2:N8693.90920 E358.41442 V3:N8693.84039 E358.48699 V4:N8693.69526 E358.34938 V5:N8693.74538 E358.29652 3.-A)CORITA 1 B)650004411 C)COMPAÑIA MINERA SUYACUY S.A.C D)295-2011-GRL- GRDE-DREM 06/12/2011 E)18 F)V1:N8596 E362 V2:N8591 E362 V3:N8591 E361 V4:N8594 E361 V5:N8594 E360 V6: N8595 E360 V7:N8595 E358 V8:N8596 E358 4.-A)ALASKA QUINTA B)650006009 C)EUROMINAS S.A.C. D)268-2011- GRL-GRDE-DREM 07/11/2011 E)18 F)V1:N8688 E364 V2: N8687 E364 V3:N8687 E363 V4:N8686 E363 V5:N8686 E362 V6:N8688 E362 5.-A)EBL 1-2008 B)650006308 C)COMPAÑIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A. D)283-2011-GRL-GRDE-DREM 23/11/2011 E)18 F)V1: N8634 E438 V2:N8634 E439 V3:N8633 E439 V4:N8633 E438 6.-A)ORO TINTO 1 B)650006811 C)COMPAÑIA MINERA SUYACUY S.A.C D)296-2011-GRL-GRDE-DREM 06/12/2011 E)18 F)V1:N8553 E377 V2:N8552 E377 V3: N8552 E378 V4:N8550 E378 V5:N8550 E377 V6:N8549