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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (01/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 136

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467498 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y los artículos 9º, 53º y 97º, disponen que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; Que, asimismo, la Décimo Sexta Disposición Complementaria, establece que las municipalidades determinarán espacios de concertación adicionales a los previstos en la citada ley y regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, por otro lado, los artículos 18º y 20º de la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, la Ley N° 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su modifi catoria la Ley Nº 29298, establece disposiciones que aseguran la efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposición Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolución Directoral N° 007- 2010-EF/76.01 se aprobó el Instructivo N° 001-2010- EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, de carácter general y permanente, el cual es de alcance y aplicación de los Gobiernos Locales; Que, con Informe Nº 048-2012-GPPR/MDI la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización sustenta el cumplimiento de la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Independencia, a efecto de iniciar este importante proceso de programación participativa; Que, la Gerencia de Asesoría Legal mediante el Informe Nº 447-2012-GAL/MDI opina por la procedencia de la Ordenanza que aprueba el referido Reglamento; Que, mediante el Dictamen Nº 002-2012-COEPPO/ MDI, la Comisión de Economía, Planifi cación, Presupuesto y Organización de la Municipalidad Distrital de Independencia; acuerda recomendar al pleno del Concejo Municipal la aprobación de la ordenanza “Reglamento del Proceso del presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Independencia” Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente: “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2013, el mismo que consta de Tres Títulos, Cuarenta Artículos y Siete Disposiciones Finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Independencia: ww.muniindependencia. gob.pe Artículo Segundo.- CONVOCAR a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Públicas y Privadas del Distrito de Independencia, a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados 2013. Artículo Tercero.- ENCARGAR del cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Gestión Urbana, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Secretaría General y demás Unidades Orgánicas según el ámbito de su competencia. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 795137-1 Dejan sin efecto la R.A. Nº 396- 2011-MDI y designan funcionario responsable de brindar información pública solicitada por ciudadanos RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 109-2012-MDI Independencia, 22 de mayo del 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA: VISTO: la Resolución de Alcaldía Nº 096-2012, de fecha 16 de Mayo del 2012; Resolución de Alcaldía Nº 396-2011-MDI, de fecha 04 de Octubre del 2011 y la Resolución de Alcaldía Nº 094-2012, de fecha 16 de Mayo del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional” establece que las Municipalidades son los órganos de Gobiernos Local con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia, Que, la Constitución Política del Estado, en su inciso 5) del artículo 2º, estipula el derecho fundamental de acceso a la información, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido, Que, la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, el Decreto Supremo Nº 043- 2003-PC, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, y el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promueven la transparencia de los actos del estado y regulan el derecho fundamental del acceso a la información consagrada en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú,